Una vecina de Valladolid, Juana L.M, será indemnizada con casi 300.000 euros como consecuencia de las graves lesiones sufridas el 9 de agosto de 2017 tras ser atropellada por un camión en un paso de peatones. La juez del caso aplica concurrencia de culpas, ya que la víctima cruzó el semáforo en rojo y el camionero efectuó un giro no permitido, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
En su sentencia, el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Valladolid, con motivo de la reclamación de cantidad por daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos a motor y cumplimiento de contratos de seguro, estima parcialmente la demanda de la lesionada y condena, como responsables solidarios, al camionero José Luis R. y la aseguradora Allianz al abono a la demandante de un total de 293.959,54 euros, frente al casi medio millón reclamado.
La juzgadora aprecia una concurrencia de culpas en la causación del siniestro que fija en un 70 por ciento para el conductor del camión y en un 30 para la peatón, a la que no aplica la única responsabilidad del siniestro, aun cuando pasó con el semáforo en rojo, teniendo en cuenta que el camionero "era consciente de ir a realizar un giro no permitido por la señalización viaria ordinaria, por lo que debió extremar las precauciones, y ello a pesar de haber recibido orden del señalista para reanudar la marcha".
La sentencia, que ha sido recurrida, hace referencia al accidente producido sobre las 12.40 horas del día 9 de agosto de 2017 en un tramo urbano de la localidad de Valladolid, en concreto en el cruce entre el Paseo San Vicente y la Calle Andalucía, la cual se encontraba en obras.
En un camión iba a ser cargada capa de aglomerado retirada de la Calle Andalucía y se encontraba parado justo antes del paso de peatones del Paseo, respetando su conductor la fase lumínica roja que le obligaba a detenerse.
Una vez verde el semáforo, el transportista recibió indicaciones por el señalista de la obra para iniciar la marcha y realizar un giro a la izquierda, no permitido por las normas de circulación que obligaban a girar a la derecha.
Fue entonces cuando la peatón comenzó a atravesar el paso de peatones, estando la fase lumínica roja para ella, y viendo que el camión avanzaba comenzó a bordearlo continuando su marcha hacia delante, muy próxima al mismo, llegando a ser alcanzada con el vértice izquierdo. La mujer quedó atrapada en los bajos del camión y sufrió graves lesiones.
A pesar de la imprudencia de la mujer, la juez insiste en que "las omisiones de cuidado del peatón no son equiparables a las del conductor a quien corresponde extremar las precauciones necesarias para evitar atropellos, e incluso tratándose de infracciones a normas viarias e imprudencias de desigual entidad, no cabe exigir la conducta del peatón como causa única y eficiente de su atropello", sentencia.