La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Segovia ha decidido abstenerse en lo concerniente a la denuncia interpuesta por un guardia civil, natural de Valladolid, contra dos compañeros con los que compartió destino en Cuéllar y a los que acusa de haber mentido en un juicio en el que fue absuelto de un supuesto intento de atropello sobre uno de ellos. La juez alega que se encuentra contaminada ya que escuchó dicha vista oral desde su despacho.

Es el último episodio registrado respecto de la denuncia que el guardia civil vallisoletano Mario D. presentó el 25 de septiembre de 2018 contra dos de sus compañeros en el Puesto de Cuéllar (Segovia) y que casi un año después, sin practicarse diligencia alguna, se encuentra a la espera de que la Audiencia segoviana resuelva si la juez de Instrucción 6 tiene o no motivos para desmarcarse de la misma.

El 'peregrinaje' de la denuncia se inició el 27 de septiembre del pasado año cuando la juez se inhibió en favor del Juzgado de Instrucción número 1 de Cuéllar, donde se produjeron los hechos, y éste, cinco meses después, rechazó tal inhibición y la devolvió a la primera, que el pasado día 23 de julio, merced a un auto al que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, decide ahora que se abstiene por una supuesta contaminación.

Y es que la instructora alega que los supuestos delitos de denuncia falsa, simulación de delito y falso testimonio en causa criminal de los que se acusa a los guardias Diego G. y Javier S. tienen su origen en el juicio celebrado el 23 de noviembre de 2017 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Segovia, en una sala de vistas "contigua al despacho de esta juzgadora desde el que se oye todo lo que ocurre en la misma".

Así, insiste la juez en que ha tenido conocimiento de los hechos denunciados, "por lo que procede abstenerse del conocimiento de estas

actuaciones y comunicarlo al presidente de la Audiencia

Provincial a que pertenece este órgano judicial", que será ahora el que analice los motivos y si la denuncia, declarada 'compleja', debe recaer en Instrucción 5.

El denunciante, el agente vallisoletano Mario D, destinado actualmente en el País Vasco, sostiene que sus ya excompañeros en el Puesto de Cuéllar, Diego G. y Javier S, como consecuencia de una campaña de 'mobbing' laboral que asegura que sufría en el acuartelamiento por su condición homosexual, mintieron en el juicio que el primero de estos últimos promovió contra él por delito de homicidio en grado de tentativa por hechos ocurridos sobre las 23.00 horas del 27 de septiembre de 2011.

En concreto, Diego G, respaldado en el juicio por Javier S, sostuvo que aquel día Mario D, al volante de su vehículo particular, desobedeció la orden de alto dada para que se detuviera en un control montado en el kilómetro 1 de la SG-V-2401, lo que obligó al primero de ellos a apartarse para evitar ser arrollado.

El juicio por estos hechos, en los que las acusaciones pública y particular solicitaron hasta cuatro años de cárcel para el agente vallisoletano, concluyó en sentencia absolutoria, pues a pesar de reconocerse que Mario D. no hizo caso de la indicación de su compañero de puesto, que se hallaba en acto de servicio, "derivado de la mala relación existente entre ambos, no ha quedado probado en modo alguno que le intentara arrollar ni que su vida o integridad física corriera peligro".

Mención aparte realiza el juzgador de la conducta del otro agente que compareció en el juicio para ratificar los hechos expuestos por el denunciante, pues, como así recuerda, tan sólo en el plenario expuso que él también se vio expuesto a riesgo vital, lo que da la impresión al magistrado de que "ha reconstruido artificialmente los hechos a los efectos de darles una mayor gravedad".

"Represalia" 

Pero además, el juez, en su fallo, deja constancia de que si creyera a los dos agentes denunciantes que prestaban dicho servicio de control, no le quedaría más remedio que deducir testimonio contra ambos como responsables de un delito del artículo 408 del CP, ya que la denuncia por tales hechos no se presentó hasta trece meses después de lo ocurrido y cuando se hizo fue "en represalia por otro acaecido con posterioridad", en referencia a unos daños en su vehículo el 26 de diciembre de 2012 que Diego G. imputó a Mario D. y que fueron finalmente archivados.

Lo llamativo es que el juzgador considera cuando menos "poco justificable" que el denunciante, media hora después de dar parte de los daños, adjuntara un texto con un extenso relato en el que incluía el episodio del supuesto intento de atropello junto a los posteriores desperfectos en su automóvil mientras permanecía aparcado en el recinto del acuartelamiento, lo que infunde sospechas al magistrado de que el escrito pudiera encontrarse cumplimentado con bastante anterioridad.

"El falso compañerismo no es motivo para dejar de denunciar un delito...pues estaban cumplimentando un servicio reglamentariamente impuesto por sus superiores. La única excusa es que realmente consideraron que los hechos no eran propiamente un delito", advierte el juez, que insiste en que la denuncia del supuesto intento de atropello no se produce hasta más de un año después al hilo de otra presentada por los daños en el turismo.

"Nos encontramos con declaraciones y conductas contradictorias, llenas de móviles espurios y de resentimiento", justificó en 2017 el juez de lo Penal 1 de Segovia para absolver a Mario D. del delito de tentativa de homicidio, una sentencia que a posteriori el aludido pretende que se vuelva contra sus denunciantes.

El ahora denunciante mantiene que en el acuartelamiento de Cuéllar sufría acoso laboral derivado de su orientación sexual que hacía que todos los miembros de la plantilla le marginasen y despreciasen, hasta el punto de que sus compañeros se daban de baja cada vez que les tocaba turno con él, situación sobre la que el juez no se pronuncia en cuanto a si tiene visos o no de verdad pese a que sí da por probada la existencia en el cuartel de un "ambiente enrarecido" hacia Mario D.