La condena es de ocho años de inhabilitación, los dos primeros para empleo o cargo público y el tercero para su labor de urbanismo
El Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid ha dictado sentencia condenatoria por delito continuado de prevaricación administrativa para el exalcalde de Íscar del Partido Popular, Alejandro García Sanz; el que fuera edil de Urbanismo, Juan Carlos Lázaro, y el arquitecto municipal, José Luis Pérez, en relación con las obras del Centro Multiusos o también conocida como Plaza de Toros de la villa.
En su sentencia, la juez considera a los dos primeros autores del delito y al segundo cooperador necesario del mismo, con la concurrencia de dilaciones indebidas, de ahí la inhabilitación de los dos primeros por espacio de ocho años y medio para el desempeño de empleo o cargo público y del tercero, por diéntico periodo, para todo lo relativo a la actividad relacionada con la vivienda, las obras y el urbanismo, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
La resolución judicial se produce tras el juicio celebrado en tres sesiones donde, tanto el exalcalde como el exresponsable de Urbanismo alegaron desconocimiento de la obligación de hacer modificados del proyecto hasta que fueron advertidos en 2009, alegaciones que no han sido tenidas en cuenta por la juzgadora.
De hecho, en la última sesión del juicio la Intervención General del Estado ratificó que las obras seguidas en el Centro Multiusos se efectuaron, "de forma indiscutible", al margen del procedimiento legal establecido, confirmando de este modo las declaraciones que dos días antes habían efectuado el secretario y el interventor municipales.
El informe emitido por el perito de la Intervención General del Estado había llevado a la Fiscal de Urbanismo y Medio Ambiente y el acusador particular, en representación del Ayuntamiento de Íscar, a mantener invariables sus solicitudes de condena para los tres encausados, para los que pidieron diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación.
En el caso del Consistorio iscariense, su representante legal había pedido a mayores que los tres encausados, como responsables civiles directos, indemnizasen a la institución local en la calidad de 2.056.650 euros, mas los intereses legales correspondientes, petición que no ha sido acogida por la juez, cuya sentencia es apelable ante la Audiencia de Valladolid en el plazo de diez días.
En sus alegatos finales, y frente a la petición absolutoria de las defensas, las acusaciones habían fundamentado la existencia de un delito de prevaricación en los testimonios emitidos tanto por el secretario como por el interventor municipal y, sobre todo, por la pericia realizada por un representante de la Intervención General del Estado.
En ella, tal y como expuso el perito a modo de refrán popular, los acusados pusieron "el carro delante de los bueyes", en referencia a una tramitación administrativa del proyecto plagado de irregularidades.
En su declaración, el perito, en la línea de lo manifestado en la anterior sesión por el secretario y el interventor municipales, ratificó que el proyecto de la Plaza de Toros de Íscar sufrió modificaciones "sustanciales" respecto del proyecto inicialmente aprobado en marzo de 2006 y que por ello las mismas tendrían que haber sido objeto de los modificados correspondientes y pasdo por el órgano de contratación, que no era otro que el pleno.
Nada de ello se hizo, salvo en el caso de la única modificación que sí siguió el procedimiento administrativo correcto y que afectó a un sobrecoste de más de 400.000 euros por la ejecución de unas barreras y contrabarreras, si bien a partir de entonces, desde 2007, ninguna de las sucesivas alteraciones del proyecto inicial, que dispararon el presupuesto de 2.300.000 a un total de 5.150.000 euros, se tramitaron de forma legal.
Y ello, como así incidió el perito, pese a los informes de "reparo" efectuados desde la Secretaría y la Intervención municipales. De hecho, el perito apuntó que el informe del interventor municipal tendría que haber desencadenado la paralización del proyecto hasta que se produjera un levantamiento del reparo de forma motivada, algo que no ocurrió, ya que se estaba advirtiendo a los acusados de que esas modificaciones e importantes desviaciones en el presupuesto, de más del 20 por ciento, exigían licitar esos trabajos para que otras empresas pudieran también presentarse al concurso público.
Superaron cualquier "límite admisible"
"En este caso, hay modificaciones sustanciales que superan cualquier límite admisible. Se saltaron cualquier norma aplicable y el procedimiento es nulo porque lo incumplieron de forma manifiesta", insistió el declarante, quien también precisó que de toda esta situación tendría que haber dado buena cuenta en su día el director de obra y, a su vez, arquitecto municipal, también acusado y que cobraba en su doble condición.
Aunque las defensas alegaron desconocimiento de los acusados porque nadie les informó de ello hasta 2009, el representante de la Intervención General del Estado discrepó abiertamente al recordar que ya en un pleno de septiembre de ese año el entonces teniente de alcalde, Juan Carlos Lázaro, demostró que los acusados eran conscientes de la situación ya que éste, en una respuesta al PSOE, explicó que no se había hecho un modificado previo porque habría que haber estado modificando el proyecto continuamente ante todos los contratiempos surgidos y la celeridad hubiera sido menor.
"Por decirlo gráficamente, aquí se ha colocado el carro delante de los bueyes", espetó el perito, quien, además de los dos años de más en los que se prolongó la ejecución del proyecto y la existencia de pagos sin certificaciones de obra, denunció que se siguió la "política de hechos consumados" y luego se quiso dar apariencia de legalidad con un acuerdo llevado al pleno en 2010 para pagar la totalidad de los trabajos, sin el preceptivo expediente de gasto.