Fiscalía de Valladolid mantiene su petición de un año y tres meses de prisión, junto con una multa de 3.600 euros y su inhabilitación por espacio de cuatro años y medio, para el ya exjefe de la Intervención de la Comandancia, J.M.Z.P, al entender que desde su puesto actuó como un "conseguidor de armas" al intermediar entre los titulares de armas depositadas para su subasta y los nuevos adquirientes.
Y es que, una vez practicada la prueba testifical desarrollada durante tres días en la Audiencia de Valladolid por el procedimiento de jurado popular, el representante de la acusación pública entiende probado que el agente del Instituto Armado cometió un delito de negociaciones prohibidas a funcionario, en referencia a que cuando se produjo la trasferencia de las escopetas y rifles, en los años 2016 y 2017, regía una circular de 2012 que le impedía licitar armas para sí o bien intermediar entre propietarios e interesados en su adquisición.
El fiscal del caso, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha insistido en que las armas cuyas subastas habían quedado desiertas tenían por destino obligado su achatarramiento, salvo que los depositarios de las mismas las reclamaran de nuevo, algo que, como así ha puntualizado, no ocurrió en el caso de ninguna de las investigadas.
Por contra, fue el guardia civil quien, por propia iniciativa, se dedicó a actuar como "conseguidor"--es el término acuñado por el instructor del expediente disciplinario--al contactar con sus dueños para proponerles que sus rifles y escopetas pasaran a sus propias manos, a las de un hermano suyo o a las de tres amigos, en este último caso a modo de "regalo" ante su consideración, no compartida por el fiscal, de "colaboradores" del Cuerpo.
El acusador público también ha reprochado que el encausado no solo llamara por teléfono a los propietarios de las armas cuya subasta había quedado desierta sino que llegó a personarse en sus domicilios uniformado, al tiempo que formalizó las trasferencias no en la Comandancia y a presencia de las dos partes interesadas, como era lo lógico y la práctica habitual, sino fuera de dichas instalaciones, incluso en algún bar.
Sin embargo, para el letrado de la defensa, como ya anunció el primer día del juicio, la conducta de su cliente se enmarca en un "supuesto disciplinario" que habrá de dirimirse dentro de la propia Guardia Civil desde el punto de vista administrativo, donde habrá que determinarse si cometió o no una infracción grave, pero de ningún modo se trata de un ilícito penal.
No hubo ánimo de lucro
Para que esa labor de "intermediador" quedara recogida en el Código Penal, dentro del delito de negociaciones prohibidas a funcionario, el defensor ha reiterado que se exigen dos condiciones, como el dolo y el ánimo de lucro, algo que, tal y como ha destacado, no se ha producido por cuanto el agente no obtuvo un enriquecimiento ya que las armas fueron trasferidas como un obsequio, algo que han corroborado este martes los nuevos titulares, entre ellos el propietario de una armería y una galería de tiro utilizada por la Guardia Civil para realizar prácticas.
El letrado ha llamado la atención respecto del hecho de que hasta un guardia civil jubilado en 2004, casualmente padre del instructor del expediente disciplinario abierto a su cliente a quien el segundo día del juicio calificó de "conseguidor de armas", haya reconocido que en 2014 se puso en contacto con J.M.Z.P. y se hizo con una escopeta superpuesta cuya puja en subasta había quedado desierta.
Será ahora el jurado popular, que recibirá este miércoles el objeto de veredicto, el encargado de dirimir si la conducta del acusado viene recogida en el Código Penal o bien, como así sostiene la defensa, se circunscribe el ámbito administrativo, al considerar que en el primer caso no se dan los requisitos relativos al aprovechamiento para obtener un beneficio o ventaja, no solo de tipo económico.
Fue absuelto en otra causa en 2016
No es el primer juicio al que se enfrenta el exjefe de la Intervención de Armas de Valladolid, ya que en enero de 2016 ya ocupó el banquillo de la Audiencia Provincial, acusado de un delito de prevaricación del que fue finalmente absuelto, por paralizar en 2013 la solicitud de renovación de licencia de caza presentada por un cazador.
La absolución, frente a los siete años y medio y diez años de inhabilitación solicitados, respectivamente, por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, la fundamentó el tribunal en que de lo actuado no se observa actuación delictiva alguna del procesado, del que recuerda que su labor era estrictamente administrativa, en concreto velar por que los solicitantes de licencias aportaran documentación complementaria en casos de expedientes incompletos, pues la resolución final era competencia de la XII Zona de la Guardia Civil, con base en León.
En aquel, la Audiencia de Valladolid incidió en que el cazador no aportó documentación requerida para demostrar la idoneidad del armero que poseía en su casa, de ahí las gestiones emprendidas por el jefe de la Intervención de Armas para que subsanase dicha irregularidad, hasta el punto de presentarse incluso el día 6 septiembre de 2013 en casa del solicitante, provisto de una cámara de fotos, para tomar unas instantáneas del mismo.
El tribunal recogió en su fallo que el cazador no sólo negó la entrada al acusado sino que además rechazó realizar él mismo el reportaje fotográfico del armero con la cámara oficial. Fue finalmente la Abogacía del Estado, la que en abril de 2014 solicitó la entrada en el domicilio del solicitante de la renovación de la licencia de caza y se constató entonces las irregularidades que presentaba el armero.