El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Valladolid el pasado mes de octubre por la que condenaba a un hombre a 14 años de prisión por abusar sexualmente de su hija cuando esta tenía 10 años de edad, desestimando así el recurso de apelación interpuesto por el condenado.
El alto tribunal autonómico, por el contrario, sí estimó parcialmente el recurso interpuesto por la madrastra de la menor, al rebajar su pena de cárcel de los seis años a los dos años y nueve meses por complicidad, al conocer la situación y no denunciarla, según figura en la sentencia del TSJCyL a la que ha tenido acceso Ical. La sentencia también incluye la prohibición durante seis años de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a la víctima así como a comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo plazo.
El TSJCyL considera así, como hizo la Audiencia Provincial, probado que el varón, desde que su hija contaba con diez años de edad, realizaba tocamientos a la menor en los pechos y los genitales y, cuando cumplió los 12 años, comenzó a penetrarla vaginalmente en repetidas ocasiones, llegado a realizarlo varias veces por semana en el año previo a la denuncia, que se presentó el 28 de julio de 2020 por parte de la hermana de la menor, dado que la madrastra, a la que le comunicó con anterioridad los hechos, no realizó dicha denuncia, por lo que fue acusada de complicidad y omisión del deber de denuncia.