El Ayuntamiento de Valladolid actuó correctamente a la hora de municipalizar el aparcamiento de la Plaza Mayor. Así lo señala el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid, que afirma que las decisiones fueron "ajustadas a derecho". De esta manera, los tribunales han desestimado "íntegramente" de las pretensiones marcadas por la empresa privada que denunció los hechos.
El Juzgado ha rechazado íntegramente la demanda interpuesta por la empresa “Aparcamientos españoles S.A.” contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid de 3 de noviembre de 2021, que recuperó la gestión directa por el propio Ayuntamiento del parking de la Plaza Mayor.
La sentencia rechaza todas las peticiones de la empresa concesionaria que impugnó la decisión del Equipo de Gobierno municipal que fijó como fecha de fin de la concesión del aparcamiento subterráneo de la Plaza Mayor, para la primera y segunda planta el día 4 de octubre de 2021 (la empresa solicitaba que se extendiese hasta el año 2040 ó 2035). Se desestima la solicitud de indemnización de daños y perjuicios como consecuencia del cierre del aparcamiento subterráneo de la Plaza Mayor de Valladolid durante los meses en que se realizaron las obras de acceso subterráneo al mismo (que valoraron en 693.590,73 €).
La concesión para la construcción y explotación del aparcamiento subterráneo se adjudicó en 1970; entrando en funcionamiento la planta primera en 1972, siendo este primer sótano el que generaba los mayores ingresos durante toda la vida de la concesión. La segunda planta del parking entró en funcionamiento en 1997. De acuerdo con las cláusulas del contrato, la duración de la explotación de cada planta sería de 43 años a contar desde su entrada en funcionamiento respectivamente. Pero en 1989 se modificó el contrato, a fin de unificar el plazo de finalización de la concesión de ambas plantas, habiéndose finalmente concretado dicho plazo en el día 4 de octubre de 2021, si bien como consecuencia de vicisitudes procedimentales y reclamaciones de la concesionaria, no puedo tomarse posesión efectiva por la Administración Municipal hasta el 4 de enero de 2022.
La sentencia dispone que “cabe afirmar que la determinación de la fecha final de la concesión se ha efectuado por la Administración demandada ajustándose al Acuerdo de modificación de 1989, estableciendo un plazo común para ambas plantas que permite mantener el equilibrio de la concesión en los términos pactados, y tomando en consideración para ello el período de suspensión de la concesión por la ejecución de las obras de acceso al aparcamiento. No se aprecia incorrección en la interpretación aplicada por la Administración demandada”.
La resolución judicial confirma la actuación del Ayuntamiento tanto en el fondo como en la forma: “La conclusión que se extrae de todo ello es que se aprecia una falta de objetividad en el informe pericial de (la empresa concesionaria), frente a la corrección de los cálculos del informe (pericial aportado por el Ayuntamiento) que no se ha visto desvirtuada en el presente procedimiento”.
Mediante la demanda interpuesta la concesionaria pretendía seguir explotando el parking hasta el 2040, habiendo declarado la misma que tenía unos ingresos anuales que ascendían a 693.590,73€, a cambio de un canon que pagaba al Ayuntamiento de 6.489,07 euros en 2020.
En definitiva, la sentencia avala la decisión del Ayuntamiento de Valladolid de poner fin a la concesión administrativa y gestionar, a través de la empresa municipal Auvasa, el Parking de la Plaza Mayor, de forma que todos los ingresos que se obtengan del mismo reviertan a las arcas municipales.
"Un desequilibrio inaceptable"
Óscar Puente ha valorado esta mañana la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid, y ha explicado que la empresa que gestionaba el parking de la Plaza Mayor "estaba generando unos beneficios anuales después de impuestos de más de 700.000 euros, frente a los 6.000 que aportaba al Ayuntamiento. Uniendo eso y el acuerdo plenario del año 1989 que abogaba por unificar la concesión de las dos plantas de ese parking, llegamos a la conclusión, junto con los técnicos municipales, de que la concesión había expirado y de que teníamos que recuperar la gestión". El Ayuntamiento tomó esta determinación por "el desequilibrio en favor de una empresa y en perjuicio de la administración", algo que el alcalde ha calificado como "inaceptable".
"Podríamos haberla sacado a licitación para otra empresa, pero consideramos que hacer la gestión cien por cien pública era lo más beneficioso para los intereses generales", ha señalado. Óscar Puente también ha querido recalcar que "en este camino, nos hemos encontrado con las resistencias de siempre, por un lado, las de la empresa, que tiene cierta lógica porque está defendiendo sus intereses, y por otro lado, la del Partido Popular, y esta es la más difícil de entender, teniendo en cuenta que defiende los intereses de miles de ciudadanos de Valladolid, no los de ninguna empresa concreta, y los intereses de las personas que votaron al Partido Popular son los mismos que los del resto de ciudadanos de Valladolid, se benefician de una buena gestión pública y no del dinero que recauda una empresa privada".
"A pesar de estas resistencias y de que nos llevaron a los tribunales, el Juzgado de lo Contencioso número 1 de nos ha dado la razón y esto nos ayuda a seguir trabajando y a fortalecer el Ayuntamiento de Valladolid, hasta el extremo de que cuando llegamos al Ayuntamiento tenía una valoración contable de 400 millones, y en siete años, hemos triplicado esa valoración trabajando por lo público, con las resistencias de los de siempre estamos consiguiendo que este Ayuntamiento mejore y avance".