Un motorista vallisoletano le ha ganado la batalla a Harley Davidson. Todo tras comprar una moto, estar todo en regla y no poder usarla al notificarle que estaba embargada. Eso le ocurrió al pucelano que adquirió la moto en un concesionario oficial de la marca en Sevilla, y al que practicaron un embargo tras su compra, como ha podido saber EL ESPAÑOL de Castilla y León.

El caso ha saltado a la luz al no poderse realizar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico ya que el vehículo se encontraba embargado al anterior titular aunque la compraventa se había realizado perfectamente y el pago se había hecho por parte del motorista.

El comprador quedaba en una posición de auténtica inseguridad jurídica al haber desembolsado un dinero por una moto que la Agencia Tributaria (AEAT) consideraba como bien embargado para cubrir parte de la deuda que el concesionario contrajo con la institución tributaria.

Saúl Núñez Amado, socio de AGG Abogados y encargado de dirigir el procedimiento ha explicado a este periódico que “iniciamos un proceso de tercería de dominio” frente a la Agencia Tributaria, basando en criterios que la jurisprudencia viene estableciendo para que prospere. Por un lado, como ha asegurado, la condición de tercero reclamante en relación con el bien embargado por otro “el dominio del bien en fecha anterior a aquella en la que se practicó el embargo” y “la identificación de la cosa reclamada”.

El letrado ha asegurado que “el informe de la Abogacía del Estado dio la razón a las alegaciones presentadas por el abogado” las cuales “elevó a la Agencia Tributaria” que ha considerado estimar la reclamación y levantar el embargo practicado puesto que “la transmisión del bien objeto de la tercería por parte del deudor al tercerista ha sido debidamente acreditada”.