Audiencia Nacional Valladolid

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Valladolid

Absuelto por “error invencible” un hombre acusado de abusar sexualmente de una menor

El TSJ confirma la sentencia absolutoria de la Audiencia de Valladolid

13 diciembre, 2022 14:08

El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la sentencia absolutoria "por error invencible" contra un hombre que en el año 2019 mantuvo relaciones sexuales plenas con una menor de 16 años, como ha informado el Alto Tribunal a través de un escrito.

La Audiencia Provincial de Valladolid dictó sentencia absolutoria a fecha de 20 de junio de 2022 en el caso de este varón que mantuvo relaciones sexuales plenas con la menor aprovechando la invitación que le habían hecho los progenitores de ella para pasar la Nochevieja en su casa, tras entender el tribunal que el acusado desconocía la condición de menor de la joven.

El ahora absuelto, de 37 años, había conocido años antes al padre de la víctima en Argentina, tras participar ambos en el mismo grupo musical. Habían perdido el contacto cuando los dos cambiaron su país de residencia y no lo retomaron, ya en Valladolid, hasta el 2014, y todo a través de redes sociales.

El acusado, como reza el escrito, llegó al domicilio de su amigo el 31 de diciembre de 2019 y alrededor de las 22 horas, se encontró con la hija de su anfitrión, a quien no había visto desde la ocasión en la que ésta acudió con sus padres a su domicilio, tres o cinco años.

Fue en la madrugada cuando el acusado, que había sido invitado a pasar la noche en una habitación de la vivienda, entró por error en la habitación de la vivienda de la menor, se abrazaron, besaron y tuvieron relaciones sexuales con penetración vaginal.

El 3 de enero, la menor habló con sus padres y les comentó que había mantenido estas relaciones sexuales. Fueron a Urgencias donde fue explorada por una ginecóloga, sin que, en la exploración, presentara lesiones en genitales, tanto externos ni internos.

El Tribunal Superior de Justicia confirma la sentencia absolutoria de la Audiencia de Valladolid e impone las costas a la parte apelante. Contra la sentencia cabe recurso de casación.