Un juzgado de Valladolid, concretamente el de Instancia Número 11, ha condenado a un restaurante de Almería por el hecho de cobrar el pan a un socio de FACUA Castilla y León sin que el precio apareciese en la carta, como informa FACUA.
La sentencia establece que el establecimiento: ‘El Homenaje Bar & Grill’ debe devolver al demandante los siete euros que le cobró y también los intereses desde la fecha en la que puso la demanda.
Uno de los afectados es abogado del equipo jurídico de FACUA en Castilla y León: P.G.. Este, junto a seis amigos, acudió a comer en agosto a este restaurante que se ubica en la plaza Vicaria Andrés Pérez Molina de la capital almeriense. Al pedir la cuenta, los comensales se percataron de que aparecían siete euros en concepto de pan (uno por comensal), en un producto que ellos no habían pedido y que tampoco consumieron.
En la carta no aparece que se cobra el pan
Desde FACUA apuntan que en la carta online que consultaron por el código QR no aparecía que se cobrase un euro por ración de pan a cada cliente y apuntan que a día de hoy no aparece reflejado que se cobre el pan.
P.G y el resto pagaron 236,20 euros por la comida incluidos los 7 euros de pan y a su vuelta a Valladolid iniciaron los trámites de reclamación a través de FACUA Castilla y León. Enviaron al establecimiento hostelero un escrito en el que se requería la devolución del importe.
La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios afirma dentro de su artículo 60.2 que el empresario debe informar del precio de todos los productos que repercutan en el consumidor y usuario.
El restaurante no atendió la reclamación y P.G acudió a los tribunales en septiembre de 2022. El juzgado admitió la demanda de P.G contra el bar de Almería, declarando el 28 de noviembre la “situación procesal de rebeldía” del establecimiento tras no haber comparecido ni contestado al requerimiento en el plazo de 10 días que le dio el juez.
El restaurante remitió el pasado 2 de diciembre en el que pedía allanarse a la demanda mientras que en su fallo, el juez, condena al establecimiento a reembolsar a P.G los 7 euros y los intereses.