La Fiscalía pide una pena de prisión de dos años por un delito de estafa, una multa de nueve meses y un día con una cuota diaria de 20 euros por otro delito societario continuado, y dos años de prisión y nueve meses y un día de cuota de 20 euros de multa por un delito de falsedad documental contra un hombre en un juicio que se va a celebrar el próximo 24 de enero, en la Audiencia de Valladolid.
El conflicto surge cuando la perjudicada conoce al acusado, F.V.H. Lo hace a raíz de una operación de venta de una parcela en la localidad de Marbella, como explica el escrito de acusación al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León. Mientras se realiza esa operación, el acusado, que se presentaba como un profesional de éxito en el sector inmobiliario, propone a la citada invertir en la adquisición de una parcela en la localidad vallisoletana de Laguna de Duero. Todo, a fin de construir en ella varias viviendas de lujo para su posterior venta.
El acusado se compromete a la devolución del dinero invertido en el plazo de un año con una rentabilidad de un 20%. Mientras, el acusado oculta a la damnificada que está en situación de hecho de concurso de acreedores y que tiene intención de formular demanda de concurso voluntario, lo que hará realmente el 20 de febrero de 2017.
La perjudicada, ante la confianza que le ofrece el acusado, acepta la propuesta de manera verbal. A su vez este, lejos de tener intención de adquirir la parcela para la construcción de las viviendas, lo que realmente quiere es edificar una sola vivienda que irá destinada a que sea su domicilio. Lo que hace imposible cumplir su relación con la persona perjudicada en el asunto.
El acusado, para adquirir la parcela y construir el inmueble, creará la sociedad Valdonaire Alquileres SL, y se convertirá en su administrador, como relata el escrito de acusación. Una sociedad que se constituirá el 3 de febrero de 2017, siendo su objeto social, entre todas las actividades, la promoción inmobiliaria. Se conforma con dos socios. Sin embargo, el acusado será el verdadero titular de todas las participaciones sociales.
Actuando en el tráfico mercantil, a través de esta sociedad, el acusado va a adquirir una parcela en la calle Letonia número 5 de la Urbanización Bosque Real de Laguna de Duero y construye una única vivienda, que irá destinada a ser su domicilio. La compra de la parcela y la construcción de la misma serán financiadas por la perjudicada, a instancias del acusado.
F. V.H. informa a la damnificada de las actuaciones , le solicita la aportación de distintas cantidades de dinero pensando la mujer que irá destinado al fin inicialmente pactado y transferirá a la mercantil Valdonaire Alquileres SL un total de 283.300 euros.
Adquirida la parcela y construida la vivienda, el acusado la convierte en su propio domicilio. Tras reclamar la perjudicada a F.V.H. el cumplimiento del pacto inicial, una y otro logran un acuerdo de compra por parte de Fernando a la perjudicada, de sus participaciones sociales. Una compra que se efectúa en fechas 12 de febrero de 2018 y 18 de marzo de 2019, bien por el acusado, por su pareja, y la Mercantil Fermar Excavaciones y Obras SL, sociedad que también está controlada por el acusado. El 18 de marzo de 2019, la damnificada deja de ser accionista de Valdonaire Alquileres SL.
Posteriormente, se formalizan escrituras de compra de participantes sociales. Y entre el 15 de marzo de 2018 y el 11 de enero de 2019, siendo la perjudicada todavía accionista de Valdonaire Alquileres SL, se celebran, sin convocarla, cuatro juntas de accionistas en las que se acuerda la ampliación del capital de la sociedad y el cambio de administración. Ante esto, la perjudicada se ve impedida de ejercer sus derechos de asistencia y voto y de adquisición preferente de participaciones sociales.
El acusado nació el 20 de septiembre de 1972 y carece de antecedentes penales computables en la causa.
El Fiscal asegura que los hechos son constitutivos de, primero, un delito de estafa, otro delito societario continuado y un delito de falsedad documental. Pide por el primero de ellos una pena de prisión de dos años, por el segundo, una multa de nueve meses y un día con una cuota diaria de 20 euros y por la tercera pena de prisión de dos años y nueve meses y un día con una cuota de otros 20 euros.