“Esta nueva ordenanza es muy positiva. No solo porque los perros puedan subir al autobús. Es una normativa que se adapta a los nuevos tiempos. Se necesita tiempo para que cale. Viene bien a usuarios y a conductores”, asegura, en declaraciones a EL ESPAÑOL de Castilla y León, Luis Vélez.
El concejal Delegado General de Movilidad y Espacio Urbano de Valladolid ha confirmado que este miércoles, 1 de marzo, ha entrado en vigor la Ordenanza Reguladora del Transporte Colectivo Urbano de la ciudad. El 5 de julio de 2022 se aprobaba la inicial. Luego llegó la aprobación final y el 1 de febrero su publicación en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) de Valladolid. De ahí, un mes hasta su entrada en vigor hoy mismo.
“Lo que hacemos es recoger todo y actualizarlo. Sobre todo, los aspectos relativos a los derechos y obligaciones de los pasajeros. Está el tema de las mascotas y perros, que podrán subir, con condiciones. También el aspecto de las bicis plegables. Es muy importante”, señala Vélez.
Una actualización necesaria dentro de una Ordenanza que contempla 32 artículos. Regula los derechos y obligaciones de las personas usuarias del servicio de transporte público colectivo urbano de Valladolid. También las obligaciones de Auvasa como entidad prestadora de dicho servicio y también el régimen de infracciones y sanciones.
Con ella, se deroga el Reglamento de Prestación del Servicio de Autobuses que se aprobaba el pasado 23 de noviembre de 1982.
El artículo 11, los perros y las mascotas
El artículo 11 es el que contempla, dentro de esta ordenanza, el derecho a viajar con animales domésticos, y la norma señala cinco disposiciones.
Las personas ciegas, o con discapacidad visual de carácter grave o severo podrán viajar acompañadas de su perro guía. Además, las que cuenten con otras discapacidades y aquellas que posean acreditación, podrán viajar acompañadas por perros de asistencia.
En el segundo punto se informa de que los usuarios podrán ir con pequeños animales domésticos (mascotas). Eso sí, siempre que sea transportados en contenedores o trasportines adecuados y específicos, sin exceder la anchura del asiento ocupado.
Se autoriza el acceso de perros identificados e inscritos en el registro autonómico, señala el tercer punto. Eso sí, siempre que vayan con correa. O con bozal puesto. Y que cuenten con título de transporte específico habilitado por Auvasa. Los perros no podrán, en ningún caso, ocupar asiento. El acceso con perros estará supeditado a la ocupación del vehículo, al cumplimiento de los requisitos citados. El personal autorizado de conducción de Auvasa podrá denegar el acceso de algunos.
Además, en el punto cuatro, se especifica que el acceso al autobús con perros o mascotas estará limitado a un ejemplar por vehículo.
El último punto señala que, por seguridad, no se podrá viajar con animales que presenten signos evidentes de enfermedad, falta de higiene o que sean potencialmente peligrosos.