La Junta de Castilla y León prevé abonar durante un año, las cuotas de la Seguridad Social exautónomos menores de 35 años y mujeres que cesaron su actividad por nacimiento que no pueden acogerse a la tarifa plana del Gobierno, que inicien de nuevo un negocio en la Comunidad. Asimismo, prevé extender durante seis meses los apoyos del Gobierno al colectivo en el inicio de su actividad por cuenta propia.
Así se recoge en la propuesta de orden de “Tarifa Cero” de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, a la que tuvo acceso Ical, donde se precisa que serán subvencionables las cuotas abonadas correspondientes a los doce primeros meses desde el alta en la Seguridad Social para los menores 35 años que no hayan estado acogidos a los incentivos de la tarifa plana por haber estado con anterioridad dados de alta en el RETA y a las mujeres trabajadoras que cesaron su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y se reincorporan a la actividad profesional mediante la realización de una actividad por cuenta propia.
Asimismo, serán subvencionables las cuotas por contingencias comunes y contingencias profesionales abonadas por las personas trabajadoras beneficiarias de esta orden durante seis meses tras finalizar el disfrute de la tarifa plana del Gobierno. En el caso de los trabajadores por cuenta propia agrarios, serán subvencionables las cuotas por contingencias comunes.
El documento regulador analizado por Ical, expone que para el cálculo de la subvención se tomará como referencia la base mínima de cotización establecida con carácter general en la orden anual del ministerio competente en materia de Seguridad Social para el año que disponga la convocatoria.
El departamento que dirige Mariano Veganzones explica en su orden que el trabajo autónomo se ha convertido en una “figura de especial relevancia en el ámbito del empleo, cumpliendo una importante función dinamizadora de la economía y de la cohesión social y territorial”.
En este sentido y “ante la insuficiencia de las medidas establecidas a nivel estatal para la estimulación de iniciativas emprendedoras de trabajo autónomo y más aún para la supervivencia de estas hasta su consolidació”, considera necesario el impulso de la creación de empleo por medio del trabajo autónomo, a través del “fortalecimiento de ayudas a las personas trabajadoras autónomas residentes en Castilla y León, facilitando la cotización de estas a la Seguridad Social, de modo que se reduzca la carga de gastos que supone dicha cotización”.
Así, remarca que se establece una “cuota cero” durante los meses subvencionables, a través de la cual el trabajador reciba una ayuda equivalente a la cuantía que haya pagado. Además, se pretende fortalecer a dos colectivos “con especiales dificultades” como son los jóvenes menores de 35 años y las mujeres trabajadoras que cesaron su actividad por maternidad y quieran volver a retomarla como autónomas.
Segunda oportunidad
Para los primeros, la Consejería de Industria, Comercio y Empleo explica que el objetivo es proporcionar una ayuda a aquellos jóvenes emprendedores que no hayan podido acogerse a los beneficios de la tarifa plana por haber estado dados de alta con anterioridad en el RETA. A estos jóvenes se les facilita una ayuda adicional, porque a pesar de no haber tenido éxito en su primera incursión en el mundo del emprendimiento decidieron lanzar un nuevo proyecto. “Se busca, por lo tanto, tender una segunda oportunidad en la promoción de la iniciativa emprendedora de los jóvenes trabajadores autónomos de Castilla y León”, sentencia la orden.
Con respecto a las segundas, se pretende “afrontar el reto de la brecha maternal, facilitando la reinserción profesional de madres trabajadoras mediante el apoyo a sus iniciativas de emprendimiento individual”.
La selección de los beneficiarios se realizará por orden de presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias.
Estos apoyos se deberán pedir a través de un modelo que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración competente para su tramitación, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado resolución, se entenderá desestimada por silencio administrativo.