El entrenador del Silverstorm El Salvador, Juan Carlos Pérez, lleva más de un mes con un procedimiento de expediente sancionador abierto por la Comisión Disciplinaria del club tras conocer las presuntas amenazas al jugador Pablo Silva, que puso en conocimiento de la Junta Directiva estos hechos. La última resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León, que se encuentra en periodo de alegaciones, ha acordado que el técnico sea suspendido de empleo y sueldo durante siete días por una infracción tipificada como "muy grave".
Cabe recordar que este periódico pudo ponerse ayer en contacto directamente con el club, que prefirió no posicionarse al respecto y aseguró que estaban investigando los hechos.
Pablo Silva considera que dicha resolución es un "vacile" a él y a su familia, por lo que exigen la inmediata extinción del contrato de Juan Carlos Pérez sin derecho a indeminización o bien imponerle una multa del 40% del sueldo que sea destinado a obra social.
El propio club, a través de un comunicado remitido a los medios de comunicación, han asegurado que no obvian la "importancia" de los hechos, pero matizan que, ante un "ejercicio de responsabilidad lógica", prefieren no revelar nada sobre lo que les concierne y conocen sobre el asunto, ya que añaden que el Reglamento de Régimen Interno les obliga a la "confidencialidad" y es algo que "siempre" han respetado.
Asimismo, recalcan que Juan Carlos Pérez tiene una trayectoria "reconocida y laureada, de esfuerzo y sacrficicio". También piden que se respete su "presunción de inocencia" y aseguran que mostrarían la "misma actitud" con cualquier otro miembro cuando sea públicamente acusado de un delito que aún no ha sido juzgado penalmente.
El pasado 12 de abril, la Junta Directiva del Club de Rugby El Salvador tomó la decisión de requerir a la Comisión Disciplinaria para abrir el procedimiento de expediente sancionador contra Juan Carlos Pérez. Dicho acuerdo fue notificado a las partes el 14 de abril. Cuatro días después, Pablo Silva aportó las mismas pruebas que se indicaron en la denuncia presentada en el Juzgado de Instrucción número 3 de Valladolid este pasado martes, correspondientes a las conversaciones vía Whatsapp en las que el técnico le había mandado mensajes del tipo: "Lo mismo te tengo que pegar una hostia a ti o a tu familia".
Con fecha del 2 de mayo, el Instructor del expediente sancionador emitió una propuesta de sanción por la que se consideraba como "muy grave" la acción de Juan Carlos Pérez y se le suspendería de empleo y sueldo durante 10 días. Ese mismo día, el entrenador del Chami solicitó un trámite de audiencia para explicar que tras desconvocar al jugador en el partido contra el Belenos, Pablo Silvia dejó de ir a entrenar.
Asimismo, el técnico señaló que la relación con el jugador era "habitual" y que se compartían normalmente mensajes de Whatsapp de manera "totalmente amistosa". Respecto a los que corresponden al presente procedimiento, Juan Carlos alegó que "no pretendían ser tomados de manera literal ni en serio, ni que mucho menos supusieran la apertura" de dicho expediente sancionador. También aseguró que fueron en un tono "coloquial", al tiempo que añadió que, ante la situación, "no los volvería a pronunciar".
Pocos días después, el 10 de mayo, Pablo Silva presentó sus alegaciones y reclamó que la sanción de 10 días de suspendió de empleo y sueldo no estaba ajustada al artículo 44.1 del Reglamento de Régimen Interno, en el que en su segundo párrafo se contempla para este grado de infracción "la extinción del contrato profesional o una multa correspondiente al 40% del sueldo", que el jugador solicitó que fuera destinada a obra social. Asimismo, pidió a la Comisión Disciplinaria que la resolución final fuera dada a conocer con el objetivo de que no vuelva a producirse.
Además, en este último acuerdo de resolución, la Comisión Disciplinaria, en los Fundamentos de Derecho, hizo mención del artículo 40 del Reglamento de Régimen Interno que reconoce como circunstancias atenuantes "el esfuerzo, el trabajo desarrollado y el cumplimiento debido de las obligaciones establecidas" en su apartado a y "el reconocimiento voluntario de la responsabilidad" en su apartado b. De esta manera, y aplicando el mismo, optaron por aplicar las mismas y reducir la suspensión de empleo y sueldo de 10 días a siete.
Dicha resolución fue firmada el pasado 19 de mayo, dando un plazo de 10 días para la presentación de alegaciones desde las dos partes, por lo que todavía no es firme.