El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 que se ubica en Medina del Campo ha absuelto a un vallisoletano que tenía que pagar cerca de 2.000 euros (1.995) a una agencia de recobro. Todo por un préstamo que suscribió con una financiera en el año 2018.
El abogado encargado de la defensa, Saúl Núñez Amado, ha explicado en declaraciones a EL ESPAÑOL de Castilla y León que “no ha quedado probado quién es realmente el titular de dicho contrato” y, por tanto, quién fue el que suscribió dicho contrato que ha llevado al juzgado al acusado.
“Argumentamos que se había imputado una deuda a una persona sin conocer el contenido y el verdadero titular del mencionado contrato”, añade el letrado, que apuntó frente al juez que “no era la primera vez que su expareja concertaba préstamos con su identidad y sin su permiso”, añadía Saúl Núñez Amado, en declaraciones a este periódico.
El abogado añade que la agencia de recobro aportó junto a su demanda el “certificado de deuda, carta d cesión del crédito y, también, el acta de liquidación”, todo ello a nombre del demandado que finalmente ha sido absuelto.
El juzgado activa en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, que los documentos aportados por la empresa “han sido creados unilateralmente por la actora” y “no pueden acreditar la relación jurídica que se pretende hacer valer”. Tampoco la “legitimación de la mercantil actora ni la relación jurídica de la que trae causa la deuda que reclama”.
Por todo esto, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Medina del Campo desestima la demanda y absuelve totalmente al hombre, al “no acreditarse la deuda”.