La Audiencia de Valladolid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Demetrio L. F. contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Medina del Campo confirmando íntegramente dicha resolución declarando de oficio los costes de la alzada.

Una resolución contra la que no cabe interponer recurso ordinario alguno, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León y que llegó el pasado 1 de febrero del año 2024.

Todo después de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Medina del Campo que condenaba a Demetrio L.F. como autor criminalmente responsable de dos delitos leves de amenazas a la pena, por cada uno, de tres meses de multa, en total seis meses, con cuota diaria de 7 euros, en total 1.260 euros, con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago y con imposición de las costas causadas.

Tras el recurso de apelación rechazado por la Audiencia de Valladolid, la condena es firme.

Los hechos

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Medina del Campo consideró probados que Demetrio L.F. envió cartas, en modo anónimo a José D.V.G., concejal de Vox en el Ayuntamiento de Valdestillas y también a Estíbaliz A.O. concejala del PP y que, en la actualidad, tras la victoria por mayoría absoluta de los “populares” (6 PP, 2 PSOE, 1 Vox) ostenta la concejalía de Hacienda y Personal, entre el 17 y el 18 de enero de 2023, en sus domicilios particulares.

“El acusado envió las cartas con la finalidad de infundirles temor y lograr que abandonaran su cargo de concejales”, apunta la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Medina del Campo.

La carta dirigida a José D.V tenía el siguiente contenido: “Tienes hasta el día 1 de febrero de 2023 para que presentes la dimisión como concejal en el Ayuntamiento. Si no lo haces, atente a las consecuencias. Piensa que tienes una hija porque cuando se hace una traición como tú lo has hecho no has mirado ni padres ni hijos. Tu traición lo puede sufrir tu propia familia. Piénsatelo, traidor”.

Mientras que la carta dirigida a Estíbaliz A.O. estaba escrita a máquina, salvo las letras del sobre a mano con el siguiente contenido: “Tienes hasta el 10 de febrero del 2023 para que presentes la dimisión en el Ayuntamiento de Valdestillas como concejal por la traición que has hecho al 40% de los vecinos de Valdestillas. No has respetado la conciencia y dignidad de los votantes. Si no presentas la dimisión atente a las consecuencias. Lo que no hicimos con tu padre lo vamos a hacer contigo. A tu padre se le respetó por los hijos que eran pequeños. Porque tu padre fue un traidor y un cacique. Por eso vino huyendo del País Vasco. Y esto es lo que has heredado de tu padre, sinvergüenza”.

Una polémica que venía de lejos

Los denunciantes ratificaron dicha denuncia en el acto del juicio manifestando, José D.V. ser concejal del Ayuntamiento de Valdestillas desde el año 2020 y que “siempre había sospechado de Demetrio L.F. por “su forma de actuar con él” y “porque había llegado a sus oídos que le había llamado traidor.

Comentó “en el pleno del ayuntamiento y otros concejales manifestaron también haberla recibido y forzó su dimisión”. También declaró que el contenido de la carta “le había infundido miedo” tanto a él como a su mujer y su hijo. Según el denunciante el hecho de “llamarle traidor en la carta obedece a que en el año 2019 se presentó por Valdestillas Independiente y fue concejal, pero a los tres meses se hizo no adscrito”. A partir de ese momento “vinieron los problemas” y pensaba, como manifestó el denunciado que “no ser de la misma línea política le molestó” al acusado, para acabar afirmando que “siempre sospechó de él”.

Por su parte, la otra denunciante, Estíbaliz A.O. ratificó también la denuncia y manifestó que en el año 2019 “pertenecía a Valdestillas Ahora” y que en el “año 2020 decidió quedarse como no adscrita”. Fue entonces, según su declaración, cuando el “denunciado comenzó a perseguirla por el pueblo”.

Refiere, además, que cuando “recibió la carta se asustó y revivió el pasado por lo ocurrido con su padre en el País Vasco” y las “referencias explícitas que a ello se hacía en la carta, sintiendo temor porque le haga algo” incluso añadió haber acudido al médico por “la ansiedad provocada por la situación “creyendo que el denunciado le odia por ser de otra ideología”.

Ambos denunciantes sospechaban de el, a la postre, condenado. Mientras que el denunciado, como apunta la sentencia, “negó los hechos y con respuestas escuetas simplemente manifestó conocer a los denunciantes de vista del pueblo y no le importaba nada de lo que ellos hicieran”.

Prueba pericial caligráfica

La sentencia recoge que los denunciantes aportaron en el juicio una prueba pericial caligráfica realizada con las cartas recibidas y una documentación que existía en el Ayuntamiento que consistía en una solicitud de realización de obras que tiempo antes se había presentado en el Ayuntamiento y cuyo solicitante era el denunciado.

En el escrito, el juez asegura que estaba “rellenada a mano y firmada por el denunciado” que “reconoció su firma en el acto de la vista” y que “en ningún momento puso de manifiesto que el documento no hubiera sido escrito de su puño y letra”.

Se acordó solicitar perito calígrafo y facilitarle la documentación para su estudio para descubrir la autoría de las cartas recibidas por los concejales. El magistrado concluye que, a la vista de dicha prueba pericial caligráfica que “aparece debidamente justificada en el informe” fueron “fundadas” ya que “resultó que la letra de las cartas se correspondía con la del denunciado”.

“En consecuencia de la prueba practicada y analizada resulta acreditado que el denunciado: Demetrio L.F. envió a los denunciantes las cartas con el contenido que se recoge en los hechos probados por ser concejales del Ayuntamiento de Valdestillas e infundirles miedo o temor para que dimitieran de su cargo, como consta en las cartas por lo que los hechos son subsumibles en el delito leve de amenazas del artículo 171.7 del Código Penal, en concreto de dos delitos leves de amenazas cometidos contra cada uno de los denunciantes”, finaliza el juez.

Por ello, el Juzgado de Medina del Campo condenó a Demetrio L.F. como autor de dos delitos de amenazas a la pena de tres meses de multa por cada uno, seis en total, con cuota diaria de 7 euros, en total 1.260 euros.  El condenado recurrió una sentencia siendo rechazado dicho recurso por la Audiencia de Valladolid y siendo la condena firme el pasado 1 de febrero de 2024.

 

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