El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado íntegramente el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 1 de marzo 2024 dictada por la Audiencia provincial de Valladolid con expresa imposición a la recurrente de las costas causadas en una instancia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León.
Contra la sentencia del Alto Tribunal de nuestra Comunidad cabe recurso de casación que podrá prepararse en la sala dentro de los cinco días siguientes al de la última notificación para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo con arreglo a la Ley.
La Audiencia de Valladolid absolvía al odontólogo, que fue juzgado bajo la acusación de haber agredido sexualmente, en el año 2020, a una paciente de 18 años durante una visita a la consulta con motivo de la revisión de una encía.
“Absolvemos al acusado de los delitos de violación y de agresión sexual, por los que venía siendo acusado, con todos los pronunciamientos favorables, sin hacer condena de costas”, recogía la sentencia.
Una sentencia de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial de Valladolid que contrastaba con las peticiones que formulaban el día del juicio tanto la acusación pública como la particular. La primera pedía 10 años de cárcel por un delito de violación y la segunda de 12 por uno de agresión sexual respectivamente.
“La sentencia, tras describir pormenorizadamente toda la prueba practicada en el plenario y recordarnos la consolidada doctrina existente para que la declaración de la víctima pueda servir para desvirtuar la presunción de inocencia, se inclina por negar ésta un viso de credibilidad bastante como para eliminar toda duda razonable”, apunta.