El Procurador del Común pone en entredicho la actuación municipal en el derrumbe del muro de los Herreros
Unión del Pueblo Leonés en Zamora ha dado a conocer que, a instancias de la formación, el Procurador del Común ha puesto en entredicho la actuación municipal en el caso del conocido derrumbe del muro de Los Herreros e insta a agilizar su resolución.
Ante la tardanza de la administración local en resolver el problema planteado por el derrumbe de parte del muro en la calle Alfonso XII, habiéndose tan solo procedido al vallado de la zona afectada, sin la realización de cualquier otra actuación que sirviera para resolver el problema de seguridad planteado, UPL procedió a plantear la reclamación ante el Procurador del Común, que tuvo a bien aceptar a trámite la misma.
UPL recuerda que fue el 8-11 del 16 cuando se producía un nuevo derrumbe en el conocido por “el muro de los Herreros” y la actuación municipal se limitó a la colocación de un muro de bloques que impide a cualquier persona acercarse a la zona afectada como medida preventiva. Administrativamente se reclamó al propietario de los terrenos donde se erige el muro la reparación del mismo, mediante decreto dictado el 15-11-16, alegando el titular con fecha 30-12-16 no corresponderle por estar asentada sobre parte de muralla medieval de Zamora.
Pendiente de resolver de forma definitiva el tema de la titularidad que conforme propuesta de instrucciones del Servicio territorial de Cultura se solicita una intervención arqueológica en las áreas de conflicto de la traza con gestión ante el Instituto de Patrimonio Cultura de 7-3-17.
En espera de resolución en otras instancias, los servicios jurídicos de la procuraduría aportan los siguientes datos:
EL STS de 7 de mayo de 1998 establece textualmente lo siguiente: “esta tesis de las suficiencia de la – apariencia de titularidad- es la única aceptable para que la Administración pueda imponer sus facultades de policía a fin de que las obras y los edificios se conserven en las debidas condiciones de seguridad , salubridad y ornato público, pues en otro caso habría de desbrozar antes unos problemas de titularidades dominicales para los que carece de competencia, o habría de esperar a su resolución por los jueces y tribunales, en detrimento de la inmediata seguridad de la personas y cosas”
Pronunciándose el defensor del Pueblo (queja 15015652) textualmente:” con carácter general, están obligados a conservar y llevar a cabo las obras precisas los propietarios de los inmuebles, basta la apariencia de titularidad para que la administración pueda exigir ese deber”.
El Procurador del Común lo considera oportuno y formula la siguiente Resolución:
1.-Que por parte de ese Ayuntamiento se agilice la tramitación del expediente relativo a la titularidad del conocido como “muro de los Herreros” ubicado en la calle Alfonso XII de Zamora.
- – Que en actuaciones sucesivas de esa Corporación, se tenga en cuenta que la Administración debe partir de las apariencias de titularidad existentes a fin de residenciar en personas concretas los requerimientos en que consiste la orden de ejecución, sin perjuicio de propiedad que puedan entablarse ante la jurisdicción civil.