El grupo de Izquierda Unida en la Diputación Provincial ha denunciado que, “mientras la Diputación gasta en celebraciones como el Día de la Provincia, sigue denegando subvenciones a personas y asociaciones que no tramitan electrónicamente las solicitudes”, tras conocer que Francisco Requejo ha denegado el recurso de reposición presentado por la Asociación de Jubilados y Pensionistas “Natividad de Nuestra Señora” de Villardondiego, contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de julio de exclusión por fuera de plazo de la solicitud realizada por ésta.
Izquierda Unida recuerda que esta asociación solicitó por correo certificado en plazo la subvención a Asociaciones de la Tercera Edad y Clubes de Jubilados para la realización de obras de reparación y conservación, mantenimiento de centros de carácter social o asistencial y actividades que tengan ese carácter para el año 2019, (B.O.P. núm. 33 de 20 de marzo) cuyo plazo finalizaba el día 12 de abril.
Fue excluida el día 24 de julio de 2019 por la Junta de Gobierno al no presentarse de la forma indicada en la convocatoria que establece que las solicitudes se presentarán en el Registro telemático de la Diputación, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica, y que los documentos que deben acompañarse con la solicitud deberán ser firmados digitalmente.
La Asociación volvió a presentar por correo certificado un Recurso el 6 de septiembre contra la denegación de la subvención, que se admite a trámite, pero se resuelve en contra por este Decreto.
Izquierda Unida incide en que, para empezar, “resulta contradictorio que se admita a trámite un recurso que se envía por carta certificada, y que una vez que se admite, sirva para denegar que la subvención solicitada tiene que ser a través de administración electrónica. ¿La subvención sí, y el recurso no?”.
A mayores, el grupo de IU resalta que la propia Ley recoge una prórroga en la administración electrónica para ciertos supuestos hasta el 2 de octubre del año 2020. En El Real Decreto Ley 11/2018 de 31 de agosto, en su artículo sexto modifica la Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en su entrada en vigor: “La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado. No obstante, las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de octubre de 2020.”
Finalmente, “y lo que es más importante si cabe, es que en los pueblos de Zamora no existen facilidades sino todo lo contrario para acceder a la administración electrónica, porque no hay conexión a internet, como sabemos y denunciamos todos. Y por lo tanto no se puede exigir la relación a través de la administración electrónica a quienes no tienen medios a su alcance”, señalan.
IU “seguirá defendiendo ante la Diputación la necesidad de implantar una moratoria en la administración electrónica para los pueblos que no tienen conexión a internet, o el establecimiento de mecanismos que permitan que a todas las personas y asociaciones e incluso ayuntamientos de zona rural se les faciliten los medios necesarios para acceder a la administración electrónica a través de instalaciones en los municipios similares a las que en su día se llamaron “telecentros” u otras instalaciones”.