El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado hoy las resoluciones por la que se aprueban las modificaciones del pliego de condiciones de las denominaciones de origen Ribera del Duero y Toro. El Bocyl también recogió la pasada semana la adaptación de la normativa por la que se rige la DO Rueda. El pliego de condiciones es el documento que establece las especificaciones técnicas y los requisitos de calidad que tiene que cumplir el producto para poder hacer uso de las contraetiquetas de cada denominación.
La entrada en vigor el pasado enero del Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, aprobado por el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, estableció el plazo definitivo para que las denominaciones de origen vínicas de Castilla y León se adapten a la normativa europea en materia de control y certificación lo que les obliga a acreditarse en la Norma UNE-EN-ISO 17065. Esta norma ISO especifica los criterios generales que debe seguir un organismo de certificación de producto para que sea reconocido a nivel nacional, europeo e internacional, como competente, y se reconozca la extrema rigurosidad de sus controles. Con ello, además de cumplir con la nueva normativa, también se da la máxima garantía a los consumidores y se cuenta con un aval imprescindible para competir en los mercados nacionales e internacionales. Las denominaciones de origen han aprovechado la modificación para actualizar los requisitos técnicos del producto, permitiendo así recoger las demandas del sector y una mejor adaptación a los nuevos gustos del consumidor
El proceso de acreditación, a cargo de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), requiere de la adaptación de los documentos normativos que rigen estas figuras de calidad, en particular, de sus pliegos de condiciones. Ese ha sido el principal motivo por el que las denominaciones de origen Ribera del Duero, Rueda, y Toro han llevado a cabo la modificación de sus respectivas normativas. Además, han aprovechado la ocasión para actualizar los requisitos técnicos del producto, permitiendo así recoger las demandas del sector y una mejor adaptación a los nuevos gustos del consumidor.
DO Ribera del Duero
La publicación en el Bocyl de hoy de la resolución favorable para la modificación del pliego de condiciones de la DO Ribera del Duero permite la ya mencionada adaptación para que el pliego sea certificable y lograr así la acreditación en la ISO 17065 y además actualiza los requisitos técnicos del producto.
En este sentido, el cambio más significativo es la inclusión de los vinos blancos dentro de la DO Ribera del Duero. La experiencia en la producción de estos vinos en la zona, en especial a lo largo de los últimos veinte años y con base fundamental en la variedad autóctona Albillo Mayor, ha alcanzado a juicio del Consejo Regulador la madurez suficiente para transformar estas elaboraciones en producto amparado por la denominación y preservar el legado histórico de esta variedad de uva.
La vendimia que acaba de finalizar, en la que se han recogido 600.000 kilos de uva Albillo Mayor, será la primera en la que puedan elaborarse vinos blancos bajo la DO Ribera del Duero. Se contempla también en el apartado de etiquetado la posibilidad de mencionar unidades geográficas menores, en este caso, los nombres geográficos de los municipios y entidades locales menores que configuran la zona protegida por la DO. De esta forma, se atiende a una demanda del sector y del propio consumidor que cada vez aprecia más la información sobre el origen y la procedencia del producto.
DO Rueda
La denominación de origen Rueda, cuya modificación del pliego de condiciones se publicó en el Bocyl del pasado 29 de octubre, ha adaptado las características organolépticas de los vinos, buscando una descripción más precisa del producto y, sobre todo, la vinculación a descriptores que puedan ser evaluados por un panel sensorial que cumpla los criterios de la Norma UNE-EN-ISO 17025, requisito que deberá cumplirse para la certificación de producto.
Buscando esa mayor adaptación a los gustos actuales del mercado, se han redefinido los tipos de vino simplificando la denominación de los vinos blancos y poniendo en valor el nombre de ‘Rueda’. También se recupera el ‘Pálido’, el vino de licor de crianza biológica que de forma tradicional se ha elaborado en la zona. Por último, atendiendo a una demanda del sector, se introduce la indicación de etiquetado ‘Vino de Pueblo’, que podrá ser utilizada a criterio del operador, junto con el nombre geográfico de los municipios de la zona amparada por la denominación.
Denominación de Origen Toro
La tercera DO que ha modificado su pliego de condiciones es Toro, cuya aprobación se publica también hoy el Bocyl. De igual forma que las anteriores, esta denominación está dando los pasos necesarios para adaptar su pliego de condiciones a la acreditación en la Norma UNE-EN-ISO 17065, revisando la descripción del producto, actualizando los rendimientos y adaptando el sistema de control a los criterios de la Norma.
Otra denominación que se encuentra también inmersa en este proceso de acreditación y modificación de su pliego de condiciones es la DO Bierzo. En los próximos días se producirá la aprobación definitiva y su publicación en el Bocyl. Como en el resto de procesos, la decisión de aprobación corresponde a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, a través del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, por tener la competencia exclusiva al tratarse de denominaciones de origen que tienen su territorio íntegramente incluido en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.