El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora llevará al Pleno telemático que se celebrará en los próximos días la aprobación  de una partida económica de un millón de euros, que se pondrá a disposición de los autónomos que se hayan visto obligados al cierre o hayan sufrido una importante minoración de su facturación, con el fin de intentar paliar los efectos económicos de la crisis que estamos viviendo en estos momentos.



Dada la grave situación económica en la ciudad provocada por la crisis sanitaria actual que ha

provocado el obligado cierre de muchos negocios en unos casos, y una importante disminución de la

facturación en otros, el Equipo de Gobierno ha venido dictando algunas medidas a fin de intentar

minorar los efectos de esta situación en la medida de lo posible.



Complementariamente, desde las Concejalías de Hacienda, Comercio y Desarrollo Económico se ha

trabajado en la generación de una partida económica y en la creación unas bases ágiles, concretas y

de ejecución inmediata para la creación de subvenciones destinadas a los autónomos de Zamora,

por una cuantía de un millón de euros que podrá ser ampliable en el futuro.



El objeto de estas subvenciones es impulsar la actividad económica en Zamora, otorgando liquidez a

las empresas del municipio, para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones

empresariales, al mantenimiento de la actividad y el empleo y también a amortiguar la reducción

drástica de ingresos. Con esta importante medida económica, el Ayuntamiento de Zamora pretende

proteger el interés general de los zamoranos, dando soporte a los autónomos del sector del comercio,

de la hostelería, de las actividades culturales y de la venta ambulante, para minimizar el impacto

producido por la crisis económica provocada por el COVID-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma

sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestro municipio,

actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas.



Entre los puntos de las bases, que se llevarán a las próximas sesiones telemáticas de la Comisión de

Hacienda y del Pleno para su aprobación, destacan los siguientes:



1. La cuantía inicial de la partida económica será de un millón de euros, cantidad que podrá ser

ampliada atendiendo al número de solicitudes presentadas.



2. Tendrán derecho a solicitarlas los autónomos de hostelería, comercio, cultura y venta ambulante...



3. Se concederá una cantidad fija de 500 euros para los autónomos que se hayan visto forzados al

cierre debido de la declaración del estado de alarma. 

Las actividades que entran en la convocatoria de modo general son:

Todo tipo de comercio al por menor, bares, peluquerías, todas las actividades de producción artística, taxis, agencias de viajes, guarderías, gimnasios y actividades deportivas, agencias de viajes, actividades de enseñanza, inmobiliarias, reparaciones en general, reprografía, etc, etc.

Y en concreto se especifica lo siguiente:

“e) Que su actividad se encuadre en alguna de las siguientes agrupaciones del Impuesto de Actividades Económicas, según el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre (BOE 234 de 29 de septiembre de 1990):

Agrupación 011 a 039: todas las actividades artísticas y culturales.

Epígrafe 6622: Comercio al por menor de toda clase artículos en otros locales.

Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

Se exceptúan:

          - El grupo 646 (Comercio Tabacos y artículos de fumador).

- El epígrafe 647.5 (Productos alimenticios y bebidas en máquinas).

Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

Se exceptúan:

- El grupo 655 (Comercio de combustibles, carburantes y lubricantes).

- El epígrafe 652.1 (Farmacias).

Agrupación 663: Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).

Agrupación 67: Servicios de Alimentación.

Grupo 691 Reparaciones de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.

Epígrafe 7212 Transporte por auto taxis.

Epígrafe 7552 Servicios al público de agencias de viaje.

Grupo 833. Promoción Inmobiliaria.

Grupo 836 Ayudantes Técnicos Sanitarios y Fisioterapeutas.

Grupo 871: Administraciones de Lotería.

Epígrafe 8321 Agencias de Seguros y Corredurías.

Epígrafe 9311. Guardería y Enseñanza Infantil.

Grupo 932. Enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y Educación Superior.

Grupo 933. Otras actividades de enseñanza.

Grupo 945. Consultas y Clínicas Veterinarias.

Grupo 967. Instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte.

Agrupación 97: Servicios personales.

Se exceptúa:

- El grupo 974, Agencias de prestación de Servicios Domésticos

- El grupo 979 Otros Servicios Personales, NCOP.”