El Ayuntamiento de Zamora procederá a la expropiación de la parcela adyacente a la ermita de la Peña
de Francia en el entorno de los Tres Árboles, a fin de liberar la zona y proceder al acondicionamiento de
la misma, dejando un espacio comunitario de ocio y esparcimiento para disfrute de los numerosos
zamoranos que frecuentan el entorno del río Duero en la zona de los Tres Árboles.
El procedimiento de expropiación se realizará a petición expresa de los propietarios de la finca, que han
advertido al Ayuntamiento la iniciación del expediente de expropiación conforme al artículo 227 del
Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y
León.
Se trata de una finca urbana situada en la calle Peña de Francia, número 41, con un edificio de uso
residencial, que consta de sótano y planta baja, con una superficie total de 1.467 m2 y una superficie
construida de 285 m2. La parcela está incluida por la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana
en la Unidad de Expropiación EX 34, al objeto de incorporar toda su superficie al Sistema General de
Suelo Libre de Uso Público, Parque de los Tres Árboles, así como liberar de construcciones todo el
entorno de la ermita de la Peña de Francia que se ubica en la parcela colindante y que está catalogada
don nivel de protección estructural A.
Al haber transcurrido más de cuatro años desde la aprobación del PGOU vigente de 5 de julio de 2011 y
tratándose de una acción aislada, los propietarios están facultados para advertir al Ayuntamiento su
propósito de iniciar el expediente de expropiación, lo que obliga al Ayuntamiento a actuar en este
sentido. Para ello, los técnicos municipales ya han visitado la citada para proceder a su valoración. En el
catastro figura el año 1900 como fecha de construcción y en la visita al interior del recinto se ha
comprobado que actualmente se encontraba deshabitada, en mal estado y no reuniendo la mayor
parte de las construcciones no reúnen las mínimas condiciones de salubridad. Los técnicos han
comprobado la superficie real de la parcela concluyendo que el valor para el proyecto de expropiación
será de 1467 m2, tal y como aparecía en el Registro de la Propiedad.
La valoración se realiza con arreglo a los criterios de la legislación general de expropiación forzosa y al
régimen de valoraciones del suelo, donde se recoge que el valor será el mayor del determinado por el
método de comparación, aplicado exclusivamente a los usos de la edificación existente o la
construcción ya realizada, o del determinado por el método residual, aplicado exclusivamente al suelo,
sin consideración de la edificación existente o la construcción ya realizada. Para el cálculo de estos
valores se tiene en cuenta el valor del mercado real, las dotaciones, la ubicación, la antigüedad, la
conservación, etc. Los valores obtenidos por los técnicos municipales han sido de 192.808,20 euros por
el método de comparación y de 209.458,26 por el método residual, por lo que este último será el
correspondiente a la expropiación de la parcela.