El Ayuntamiento de San Vitero tendrá que pagar 129.000 euros por el despido improcedente del secretario municipal
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado el fallo en primera instancia del Juzgado de lo Social de Zamora por el que condena al Ayuntamiento de San Vitero, a indemnizar con 129.000 euros al ex secretario municipal al considerar que el actual equipo de gobierno municipal del Partido Socialista le ha despedido de manera improcedente.
El grupo de concejales del Partido Popular pide a la alcaldesa socialista, Vanesa Mezquita, que de las oportunas explicaciones a todos los vecinos ante este fallo judicial que supondrán un grave quebranto para las arcas municipales surtidas de sus impuestos y que repercutirá en futuras inversiones en el municipio alistano.
El PP registrará un escrito en el que pide acceso al procedimiento que ha derivado en esta condena.
En este sentido, los concejales populares solicitan en primer lugar copia del decreto o acuerdo adoptado por el órgano competente del Ayuntamiento de San Vitero en virtud del cual se resolvió o acordó no pagar las nóminas de 5 meses consecutivos al empleado municipal, durante el periodo comprendido desde agosto a diciembre 2019, así como de 2 pagas extra, y que es causa directa de la demanda interpuesta por éste, produciendo un grave quebranto a las arcas municipales.
Del mismo modo, piden acceso al informe jurídico de los servicios municipales, si fue emitido, sobre lo indicado en el punto anterior y sobre la posible ilegalidad que suponía el incumplimiento del deber del empleador del abono puntual del salario.
Asimismo, el PP solicita información del coste que supone para las arcas Municipales el proceso judicial seguido en el Juzgado de lo Social número 1 de Zamora y en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid, tanto en concepto de honorarios o provisiones de fondos por las actuaciones de letrados, procuradores o cualquier otro profesional que haya representado al Ayuntamiento ante los Tribunales, o gastos de peritaciones o emisión de informes externos sujetos a remuneración, como en el caso del importe de la indemnización a la que ha sido condenado el Ayuntamiento, tanto en primera Instancia como en segunda Instancia, así como importe de la condena en constas, si ha existido.
Finalmente, el escrito de los concejales populares requiere a la alcaldesa socialista copia del acta del Pleno de la Corporación en el que se dio cuenta a ese órgano del decreto por el que se resolvió interponer Recurso de súplica ante la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León, copia del preceptivo informe de los servicios jurídicos municipales, así como del nombramiento de abogado y procurador, y copia de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid.