Zamora estrena un reglamento propio para regular los reconocimientos oficiales en el ámbito deportivo
El Ayuntamiento de Zamora dispone ya de un reglamento propio por el que se regularán a partir de ahora los reconocimientos y distinciones oficiales que se realicen en el ámbito deportivo. Hasta ahora ese tipo de reconocimientos se regía en Zamora por lo establecido con carácter general en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Local. El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy el nuevo Reglamento que fue aprobado inicialmente por el Pleno Municipal del pasado mes de marzo, sin que se hayan presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública, por lo que se produce su entrada en vigor efectiva.
A través de este documento se regulan los requisitos y trámites necesarios para la concesión de los distintos reconocimientos en el mundo deportivo que otorgue el Ayuntamiento, y que tienen como fin reconocer y dar público agradecimiento por acciones o servicios extraordinarios en el mundo del deporte. Estos reconocimientos pueden consistir en la dedicación o denominación de alguna de las instalaciones deportivas municipales; o la colocación de placas, camisetas, bufandas o asimilados en las instalaciones deportivas. Se trata en todo caso de reconocimientos meramente honoríficos, sin que en ningún caso puedan conllevar un derecho económico ni administrativo.
Entre las limitaciones que establece el Reglamento figura que estas distinciones y honores no podrán ser otorgados a "personas que desempeñen altos cargos en la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, o que se encuentren respecto de la Corporación en relación de función o servicio, en tanto subsistan estas circunstancias".
La propuesta o iniciativa para conceder una distinción puede partir de un club, delegación o federación deportiva, cuya sede se encuentra en Zamora capital; del un colectivo vecinal respaldado por un mínimo de cien vecinos; o de un grupo de concejales que suponga al menos la mitad más uno de los que componen la Corporación Municipal.
En el Reglamento se incluye también un anexo sobre los requisitos mínimos que se deben cumplir para someter a consideración la propuesta de reconocimiento, entre los que figuran el arraigo en la ciudad, y los meritos tanto deportivos como extradeportivos, así como no haber sufrido ningún tipo de sanción inhabilitando la práctica deportiva.