El Juzgado de Primera Instancia de Zamora ha desestimado la última denuncia interpuesta por F.A.B. contra el alcalde de la ciudad, Francisco Guarido Viñuela, por considerar que no hubo intromisión ilegítima en su derecho al honor, tras una publicación de Guarido en redes sociales. Una sentencia que también impone al denunciante en cuestión el pago de las costas del proceso y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL Noticias de Castilla y León.
La polémica surgía a raíz de una publicación realizada por Guarido el 21 de abril de 2022 en sus perfiles de Facebook e Instagram. En dichos post, el alcalde comentaba una sentencia que involucraba al entonces primer teniente de alcalde, Miguel Ángel Viñas. El texto de la publicación decía: "SENTENCIA A FAVOR DE VIÑAS. Tanto insistió un particular jubilado en acosar e injuriar al primer teniente de alcalde que no le quedó más remedio a éste que denunciarle en el Juzgado. Se le dieron muchas oportunidades para rectificar, pero nada, erre que erre calumniando públicamente a Miguel Ángel Viñas. Ahí está el resultado en una Sentencia a la que debe darse publicidad, ya que publicidad tuvieron las calumnias e injurias".
Además, Guarido adjuntaba una captura de pantalla de un artículo de La Opinión de Zamora que hacía referencia a una sentencia de fecha 8 de abril de 2022, en la que el Juzgado de lo Penal de Zamora ya condenó a F.A.B. por un delito continuado de "injurias graves con publicidad" y lo absolvió de los delitos de calumnias, coacciones y acoso.
F.A.B. argumentó entonces que la publicación realizada por Guarido tenía como único objetivo "menospreciar su dignidad" y que constituía una intromisión en su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Además, alegó que el alcalde actuó con "temerario desprecio hacia la verdad" al hacer público un texto que, según su visión, no reflejaba de manera precisa la sentencia judicial. En consecuencia, F.A.B. solicitaba la eliminación de la publicación de las redes sociales de Guarido y una indemnización de 18.000 euros.
La defensa de Francisco Guarido argumentó entonces que su publicación se limitaba a dar publicidad a una noticia ya difundida en dicho periódico, reflejando un fallo judicial de interés público que había sido tema de conversación en Zamora durante los años 2021 y 2022.
Guarido defendió que sus expresiones no eran injuriosas y que no tuvo intención de ofender a F.A.B., sino simplemente de informar sobre un asunto de relevancia pública. También afirmó que no había tenido acceso a la sentencia completa, sino solo a la noticia del medio digital.
Una denuncia en la que hasta el Ministerio Fiscal solicitó la desestimación de la demanda, considerando que las expresiones publicadas por Guarido no eran insultantes y no constituían una violación del derecho al honor de F.A.B. La Fiscalía consideraba que las expresiones publicadas "no son insultantes ni se produce un atentado del derecho al honor del demandante, existiendo únicamente una información
que no es del todo acertada".
En su fallo, el Juzgado analizó la publicación y concluyó que, para que una expresión sea considerada una intromisión ilegítima en el derecho al honor, debe tener una "cierta intensidad ofensiva", lo cual no se observó en el contenido publicado por Guarido. La sentencia destacó que la libertad de expresión permite el uso de expresiones críticas, incluso cuando estas pueden resultar "molestas o desagradables" para quien las recibe, siempre y cuando no se utilicen "expresiones insultantes desconectadas con el mensaje".
La sentencia también recoge que las expresiones de Guarido, aunque imprecisas, no tenían carácter ofensivo ni demostraban un "temerario desprecio hacia la verdad". Además, se indica que Guarido no tenía formación jurídica para distinguir entre calumnias e injurias de manera técnica, y que los términos utilizados se encuentran comúnmente entremezclados en el lenguaje cotidiano "sin intención de ofender a nadie".
La sentencia también subrayó que los comentarios ofensivos realizados por terceros en respuesta a la publicación en sus redes sociales no pueden ser imputados a Guarido, ya que este no tenía control sobre dichos comentarios.
El fallo concluye que la demanda carecía de fundamento, por lo que ha quedado desestimada, absolviendo a Guarido de los cargos y condenando a F.A.B. a pagar las costas del proceso.
"Ya está bien de tanta tontería"
Tras conocerse la desestimación de la denuncia, Guarido ha publicado un nuevo mensaje en sus redes sociales reflexionando sobre su "abundante" historia judicial, destacando que ha enfrentado numerosas querellas durante su mandato, tanto estando en la oposición como en la Alcaldía. "Habré sido el alcalde más denunciado de España en el Tribunal de Cuentas, en el Social por acoso laboral y muchas más en el Contencioso", precisa. A pesar de ello,Guarido afirma haber salido indemne de todas ellas, con la Justicia defendiendo su "honestidad, trabajo y libertad".
Sobre esta denuncia en concreto, Guarido subraya la seriedad del sistema judicial, que, aunque a veces debe atender denuncias "absurdas" de particulares, sigue siendo esencial para la sociedad. Y añade que "ya está bien de tanta tontería", tras conocer esta sentencia a su favor.
Además, Guarido adelanta que algún día escribirá la 'historia judicial de un concejal y de un alcalde que siempre fue inocente, trabajador y responsable, pero sufrió múltiples ataques en los juzgados'. Termina su mensaje expresando que "enciendo una vela para que la Justicia siga haciendo justicia".