Es una de las principales dudas que tienen los padres desde que se decretara, el pasado sábado, el estado de alarma en España. ¿Pueden salir los menores a la calle? Una duda que se acrecienta más en el día de hoy, con la modificación del Real Decreto del estado de alarma, que indica que ahora es obligatorio circular, tanto a pie como en vehículos, de forma individual.
Como ya estaba establecido, la población está obligada a confinarse en casa, y solo se podrá salir a la calle en los siguientes supuestos: para ir y volver al trabajo, asistir a centros sanitarios, comprar alimentos, medicamentos o productos de primera necesidad, cuidar de las personas que lo necesiten por su dependencia o también para ir a entidades financieras o de seguros. Aquí se incluye también necesidades como pasear a un perro.
En el BOE de hoy, 18 de marzo, se modifican el primer inciso y la letra h) del artículo 7.1, con la redacción siguiente:
«1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada».
«h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza”.
Así pues, los niños pueden circular con un adulto si este sale de casa por uno de los anteriores supuestos permitidos.