La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid ha desestimado en un Auto de fecha 13 de abril de 2020 la medida cautelar solicitada por el sindicato CSIF consistente en la puesta a disposición de los trabajadores de todos los centros e instituciones de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León de los equipos de protección necesarios.
La petición efectuada por el mismo sindicato en relación al personal de la Gerencia Regional de Salud y la dotación de test de diagnóstico se efectuó ante la Sala de lo Social del TSJ con sede en Burgos y fue desestimada por Auto de 9 de abril de 2020.
Ambas Salas de lo Social confirieron un traslado por 24 horas a la Administración autonómica para realizar alegaciones sobre la petición de CSIF, que se efectuó por los Servicios Jurídicos de la Comunidad poniendo de manifiesto diversas argumentaciones de naturaleza jurídica relativas al escrito presentado por el citado sindicato y acreditando que la Junta de Castilla y León ha trabajado desde el primer momento en cubrir todas las necesidades de material de los profesionales ante la crisis del COVID-19, como una prioridad esencial, pese a encontrarse en un problema de falta de stock en el mercado a nivel mundial, aportando datos de las actuaciones de petición de material ante el Ministerio de Sanidad y datos sobre las compras propias de material por parte de la Junta en China.
En su Auto, la Sala de lo Social con sede en Valladolid destaca que lo que hace la solicitante es pedir que se requiera a la Gerencia de Servicios Sociales a que entregue a los trabajadores equipos de protección individual sin que conste ninguna actuación contraria a aquella obligación de suministrar los EPIs.
Al contrario, el Tribunal considera que la Comunidad de Castilla y León ha acreditado, mediante la documentación aportada, que ha realizado un importante esfuerzo económico y de gestión para facilitar a sus empleados los medios de protección que considera indispensables, sin dejar de lado la unánimemente reconocida dificultad para conseguir los necesarios suministros, sobre todo en el mercado internacional.
Por su parte, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, mediante un Auto de 9 de abril de 2020, acordó desestimar la petición de medidas cautelares efectuada por CSIF para que se declarara la obligación de la Consejería de Sanidad de poner a disposición de los trabajadores de los centros e instituciones Sanitarias la realización de los test de diagnóstico del COVID-19, a fin de preservar la salud de los mismos en la prestación de su trabajo.
En el Auto de 9 de abril de 2020, la Sala de lo Social considera que es evidente que los profesionales sanitarios, cuyo papel extraordinario en la lucha contra esta pandemia es determinante en el sostenimiento de los pilares básicos de nuestro Estado social, democrático y del bienestar, han de contar con todas las medidas que les permitan realizar su trabajo. Pero que, al analizar los términos de la solicitud efectúa por CSIF, existen diversas imprecisiones en su planteamiento, pues el sindicato no precisa si actúa en el marco de un conflicto colectivo o un procedimiento de tutela de un derecho fundamental, y tampoco define con claridad los destinatarios beneficiarios a los que se dirige su pretensión, motivo por el cual desestima la petición de tutela cautelar presentada.
En ambos casos, el Ministerio Fiscal también se opuso a la adopción de las medidas interesadas por CSIF.
La Junta de Castilla y León considera especialmente importantes estos Autos, en la medida que puedan servir para unificar el diverso parecer que están teniendo los Juzgados de lo Social provinciales al respecto, y comparte las resoluciones judiciales, en el sentido de la labor decisiva que para afrontar la emergencia en la que nos encontramos están realizando especialmente los profesionales sanitarios y sociosanitarios, que deben contar con todos los medios necesarios para la debida atención a las personas a las que asisten, debiendo hacerse cuantos esfuerzos sean posibles para que cuenten con ellos.
Por ello, se mantendrán esos esfuerzos en la dotación de los equipos de protección, y así, todo el personal de los centros sanitarios y socio-sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud y de la Gerencia de Servicios Sociales debe tener presente que la Administración autonómica continuará facilitando de forma permanente e inmediata dichas medidas de prevención laboral y lo hará con carácter suficiente en la medida de todas sus disponibilidades objetivas.