La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha pedido este miércoles que el aislamiento y el contagio por coronavirus de los empleados públicos durante la realización de su trabajo sea considerado contingencia profesional a todos los efectos para que además de la prestación por incapacidad temporal (IT) tenga efectos sobre pensiones e indemnizaciones.
De esta forma, CSIF pide que a los empleados públicos les sea también de aplicación la modificación introducida por el Gobierno en la normativa laboral para que el contagio por coronavirus, cuando se ha contraído en el trabajo, se considere a todos los efectos una contingencia profesional.
El secretario de Acción Sindical de CSIF, José Francisco Lama, ha explicado a Europa Press que esta petición ya ha sido cursada al Ministerio de Sanidad en varias ocasiones, sin que el momento haya tenido respuesta.
Lama señala que lo que quiere el sindicato es que los regímenes especiales tengan, en este aspecto, el mismo tratamiento que se da a los trabajadores del Régimen General, ya que a ellos sí se les considera, a todos los efectos, el contagio o el aislamiento como contingencia profesional a todos los efectos.
"Pero en el caso de un funcionario que pertenezca a Clases Pasivas, si fallece o sufre una incapacidad permanente como consecuencia del virus, no se les reconoce la contingencia profesional a efectos de pensiones o de indemnizaciones. En cambio, sí les reconoce a los del Régimen General", ha denunciado Lama.
Antes de los cambios introducidos por el Gobierno en el decreto sobre la contratación de parados e inmigrantes para labores agrarias, estas situaciones no tenían un tratamiento diferenciado respecto de los trabajadores contagiados o en situación de aislamiento por causas no exclusivamente laborales.
En ambos casos, explica CSIF, la situación se asimilaba a la de accidente de trabajo sólo a efectos de la prestación de lT, pero no se consideraba accidente de trabajo a tener en cuenta en indemnizaciones o pensiones.
Con la modificación que realizó el Gobierno en el decreto del campo quedaron cubiertas las situaciones de personas que, por ejemplo, tras sufrir el contagio y por consecuencia de la enfermedad, sufrieran una invalidez o fallecieran, en este último caso a efectos de pensiones por viudedad e indemnizaciones.
La nueva regulación distingue dos casos. Con carácter general, cualquier trabajador contagiado o aislado por coronavirus se asimila a la contingencia de accidente de trabajo y tiene derecho a percibir la prestación económica por incapacidad temporal. En el caso de que el contagio se haya producido exclusivamente en el trabajo, desde el primer momento el parte de baja y alta será por contingencia profesional.
"Exigimos que esta misma normativa también se aplique a los regímenes especiales de los empleados públicos y así lo hemos solicitado al ministro de Sanidad. Esta medida supone un gran avance, ya que las consecuencias e incapacidades que se deriven el contagio por Covid-19, incluso el fallecimiento, se contemplarán desde una contingencia profesional, con lo que eso supone para proteger y garantizar las prestaciones derivadas del citado contagio", argumenta el sindicato.