Desde la Comisaría de la Policía Nacional de Burgos se viene detectando un creciente número de denuncias, relacionadas con cargos recurrentes y, supuestamente, fraudulentos. En numerosos casos se ha podido constatar que dichos cargos recurrentes se corresponden con suscripciones, habiendo sido las condiciones (pago recurrente incluido) aceptadas por los denunciantes.
En muchas ocasiones, estas suscripciones son referentes a: compras privadas, ayuda para la creación de currículos, tarifas planas de música y cine, y un sinfín de posibilidades más. También se encuentran estas suscripciones, de forma poco transparente, tras ofertas tentadoras como, por ejemplo, los sorteos de teléfonos de alta gama por 1€.
Aunque los denunciantes no se suelen dar cuenta, aceptan expresamente las condiciones del servicio voluntariamente, que suelen ser ofrecemos el acceso a los servicios (los anteriormente referenciados u otros) gratis durante un período de tiempo (varios días) para, posteriormente, y si el cliente no se da de baja del servicio explícitamente, pasar a cobrar de forma mensual una cuota por dichos servicios. Es esta cuota la que se denuncia como fraudulenta, pero realmente no lo es, porque el denunciante ha aceptado previamente las condiciones de acceso y uso de esos servicios. Es el denunciante quien introduce los datos de su tarjeta bancaria, utilizados para el cobro de las suscripciones.
Las denuncias se producen porque, como ocurre en numerosas ocasiones, no se leen los términos y condiciones de acceso al servicio, aceptando al clicar en “Acepto los términos y condiciones” realizar un pago periódico tras el período de prueba gratuito.
Hay que dejar claro que, si bien el diseño de estas páginas web es poco amigable (cuesta un poco apreciar que realmente hay que pagar por el servicio y que no es gratis para siempre), los términos contractuales sí que quedan reflejados en la misma y es responsabilidad de cada usuario saber qué es lo que se está aceptando (máxime cuando se introducen datos de pago).
Por lo tanto, no se está ante un hecho delictivo, puesto que se está cobrando por un servicio que se presta a un cliente, quien lo ha aceptado (obligatoriamente) para poder darse de alta en el mismo y, por ello, los bancos (o las empresas suministradoras de las tarjetas, como Visa) no devolverán los importes a los denunciantes, al no ser cargos fraudulentos, hecho que se comunica a las entidades financieras.
Se reitera la importancia de saber qué es lo que se está contratando y no aceptar directamente unas condiciones de servicio que no se han leído; así como de introducir datos bancarios sin saber los fines a los que se van a destinar (que en este caso es el pago de una suscripción). Si un servicio supuestamente es gratis, no haría falta introducir un medio de pago. Si es necesaria su introducción es porque, en algún momento, se van a realizar cargos.
El hecho de denunciar cargos “supuestamente fraudulentos” sabiendo el denunciante que son suscripciones aceptadas voluntariamente, con el ánimo de que le devuelvan ese dinero por no haber hecho uso del servicio, o por no ponerse en contacto para darse de baja en el servicio, podría ser constitutivo de un delito de denuncia falsa o de simulación de delitos (artículos 456 y 457 del Código Penal).