La Sala III del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación de la Comunidad autónoma de Castilla y León y ha declarado ajustado a derecho el Decreto 32/2015, de 30 de abril, de la Junta por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León.
En dicho decreto se recoge asimismo su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, excepto el artículo 9.4 (en el particular relativo a las modalidades de palomas en migración invernal de pasos y la caza de acuáticas desde puestos fijos) cuya nulidad fue establecida en la instancia y no está incluido en el recurso de casación, según informan fuentes del Alto Tribunal castellanoleonés a través de un comunicado recogido por Europa Press.
El Supremo revoca así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 17 de mayo de 2017, que estimó parcialmente un recurso contencioso administrativo de la Federación regional Ecologistas en Acción Castilla y León, y declaró la nulidad de varios preceptos del Decreto impugnado, en concreto los artículos 13, 14,15 y 19.1.a) y b) y su Anexo, así como el citado 9.4, cuya nulidad sí se mantiene.