Fiscalía solicita inicialmente penas de un año y ocho meses de prisión para tres varones que fueron detenidos en febrero de 2019 por regentar una plantación de marihuana en un local del Paseo del Cauce de Valladolid y que alegan integrar un 'club' o asociación de cultivo y autoconsumo de 'maría'.
Compartirán banquillo I.N.A, E.M.G. y M.L.C.G, a los que se imputa un delito contra la salud pública por tráfico de sustancias de las que no causan grave daño a la salud y quienes se enfrentan a las citadas penas privativas de libertad, junto al pago de multas de 6.000 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
La principal curiosidad de este caso estriba precisamente en el hecho de que en su día los acusados, como así volverán a sostener en el juicio, alegaron que la plantación incautada no estaba preordenada al tráfico sino que la marihuana era para su propio disfrute, al integrar una especie de club o asociación de cultivo y autoconsumo de estas sustancias.
Su detención se produjo en la tarde del día 20 de febrero de 2019 cuando varios agentes de policía acudieron al local, un antiguo bar que se encontraba cerrado, sito en el número 56 del Paseo del Cauce, alertados por una llamada de vecinos quejándose del intenso olor a marihuana que emanaba del mismo.
Los acusados se encontraban jugando a la videoconsola. En el interior del local, los agentes se incautaron de sendos botes de cristal con 109 y 86 gramos netos de cannabis, además de 114 plantas con un peso de casi un kilo--su valor fue cifrado en 5.683 euros--, una prensa, dos medidores de acidez, un total de 303 euros en billetes y moneda de diverso valor.
A pesar de que en su momento alegaron que se trataba de una asociación para cultivo y autoconsumo, al no poder acreditarlo entonces fueron arrestados tanto el hombre de la entrada, como otros dos de su interior.
Pende el futuro de cientos de clubes idénticos
La peculiaridad del presente caso es que del resultado del proceso judicial pende el futuro de cientos de clubes o asociaciones, con idéntica actividad, diseminadas por toda la geografía nacional.
Frente al criterio acusador de la Fiscalía, la defensa de los procesados solicita su absolución basada en que los hechos se enmarcan en la aplicación de la doctrina del consumo compartido y, con carácter alternativo, solicita una pena mínima de seis meses por delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño, con la atenuante de adicción.
Pero además, el defensor invocará la nulidad plena de la entrada y registros efectuados en el 'club', dado que los mismos, según sostendrá al inicio de la vista, fueron efectuaron por dos policías municipales sin permiso de los acusados y, lo más importante, sin la preceptiva autorización judicial.
En cualquiera de los casos, el abogado de los procesados advierte de la singularidad de los hechos objeto de la presente causa, toda vez que el local registrado lo tiene alquilado la Asociación 420 de Valladolid, una especie de club integrado por una treintena de socios que, al igual que otros muchos centenares en toda España, se halla debidamente inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, aprobada el 13 de junio de 2017, y cuyos estatutos recogen "con claridad y sin ningún tipo de oscurantismo" la actividad que la acusación pública pretende perseguir penalmente.
De hecho, la defensa hace constar que en esos estatutos, a los que nadie ha puesto objeción alguna cuando la asociación quedó debidamente registrada, se refleja entre los fines "realizar cultivos colectivos de plantas de cannabis en circuito cerrado con el fin de repartirse la cosecha entre los socios mayores de 25 años, consumidores habituados de la sustancia, compartiendo los gastos del cultivo, tales como materiales de iluminación, macetas, tierras, fungicidas, abonos, agua luz y, sobre todo, vigilancia y cuidados de las plantas".