El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado las las multas, por lesiones leves y maltrato, con motivo de la pelea registrada en abril de 2018 en un parque infantil de Arroyo de la Encomienda por una disputa iniciada entre unos niños a causa de un tobogán que prosiguieron luego a mamporros sus padres.
La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, rechaza el recurso interpuesto por Fiscalía y confirma en su integridad el fallo de la Audiencia de Valladolid, que zanjó con meras multas el proceso, y ello a pesar de que el fiscal del caso había solicitado hasta un año de cárcel para el matrimonio compuesto por José Antonio P.G. y Carlota F.L. y un amigo de éstos, Daniel B.G, petición que incluso el letrado del otro contendiente, el militar Alejandro P.Ch, había elevado a seis años para la pareja citada.
La Audiencia Provincial, en sentencia ahora ratificada, absolvió de todos los cargos a Carlota F.L. y condenó a su marido, José Antonio P.G, al pago de una multa de 90 euros por un delito de maltrato, junto con el pago de una cuarta parte de las costas, mientras que impuso una multa de 180 euros a Daniel B.G. por lesiones leves, junto con el pago de una cuarta parte de las costas y de 500 euros de indemnización a favor de Alejandro P.Ch, según la información del Gabinete de Prensa del TSJ recogida por Europa Press.
Este último, Alejandro P.Ch, también fue condenado, en este caso como autor de dos delitos de lesiones leves, por lo que habrá de abonar de una multa global de 360 euros, dos cuartas partes de las costas y una indemnización de 150 euros a favor de Carlota F.L y de 500 euros a favor de Daniel B.G.
En su fundamentación, la sala justificaba la absolución del delito de lesiones graves supuestamente cometido sobre el militar en el hecho de que "no se ha probado en modo alguno con fehaciencia la causa de la lesión de éste, siendo lo más probable que fuera causada al descender
del tobogán, aún sin poder afirmarlo plenamente, a tenor del resultado de la prueba médica practicada en juicio oral".
Durante la vista, el principal lesionado aseguró al tribunal que aquel día podía incluso el desenlace pudo ser fatal. "¡Si en lugar del pie me cogen del cuello, estoy muerto!", mantuvo durante el primero de tres días de juicio el militar Alejandro P.Ch, de 43 años, quien desde entonces sigue de baja por una grave lesión en el tobillo--sufrió una fractura del lisfranc de la que fue operada--y se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico y psicológico.
Del día de los hechos, el militar negó que antes de la violenta pelea se dirigiera con insultos de contenido sexual a los hijos de los otros acusados al recriminarles por haber quitado el precinto de un tobogán en el que jugaban sus hijas.
Alejandro P.Ch. rechazó que llamara "borracha" a la madre de unos de los hijos de sus contendientes o que se dirigiera a los menores en términos de "me chupas la punta de la polla" tras encaramarse con sus 100 kilos de peso a lo alto del tobogán y se sentara en él para, según sus palabras, evitar que sus niñas pudieran sufrir algún accidente al quedar el tobogán desprovisto del referido precinto.
Enzarzados en el suelo
El militar, cuyo letrado pidió seis años de cárcel para el matrimonio que le acompaña en el banquillo--tal petición es lo que ha motivado que el juicio se celebre en la Audiencia Provincial--, sostuvo que al bajar del tobogán uno de los otros acusados, Daniel B.G, se abalanzó sobre él y le propinó un puñetazo en el rostro y que al caer al suelo estuvo a punto de aplastar a su propia hija, para entonces sumarse a la refriega el matrimonio compuesto por Carlota y José Antonio.
De la primera aseguró que trató de sacarle los ojos y de su cónyuge que le agarró del pie y comenzó a retorcérselo, de ahí la grave lesión, a su juicio, sufrida que le mantiene apartado desde entonces de su profesión como militar. "¡Lo tengo grabado a fuego debido a la fuerza que emplearon contra mí. Si en lugar de pie me cogen del cuello, estoy muerto!", insistió el testigo y, a su vez, acusado.
Frente a su versión, Daniel B.G. recordó que aquel día él y su esposa celebraban el cumpleaños de ésta con el otro matrimonio acusado y que en un momento dado sus hijos llegaron muy alterados y les advirtieron de que un señor no les dejaba jugar en el tobogán y les había dirigido unos improperios muy feos de tipo sexual.
El acusado acudió entonces "alterado" al encuentro del militar para pedirle explicaciones y, según su testimonio, es cuando este último le dio un manotazo que le tiró las gafas. "Es cierto que entonces le di un puñetazo", reconoció Daniel, quien, sin embargo, aseguró que al caer ambos al suelo Alejandro le hizo una llave propia de su formación militar y comenzó a tratar de asfixiarle, cosa que no pudo al acudir en su auxilio Carlota.
La aludida, por su parte, mantuvo que el militar le propinó inicialmente una patada en el muslo y que ella se limitó luego a meterse en la pelea entre Alejandro y Daniel para tratar de separarles, sin que en la misma participara en momento alguno su marido, José Antonio.
"Es cierto que me puse a caballito sobre Alejandro y que al tratar de separarle de Daniel le tiré del pelo y pude meterle los dedos en los ojos, pero eso fue sin querer", explicó Carlota.
Su marido corroboró la versión de que no llegó a tener contacto físico con Alejandro, ya que ni siquiera se sumó a la pelea en el suelo, y que su única participación consistió en intercambiar varios puñetazos con dos amigos del militar a fin de que éstos no se inmiscuyeran en lo que estaba ocurriendo.
Una invención del militar
"Se ha inventado mi participación para justificar la lesión que tiene", denunció José Antonio, mientras que su esposa sostuvo que el militar finge el alcance de sus secuelas. "Le he visto llegar andando al edificio y para nada cojeaba, tenía que haberle grabado", trasladó a los tres magistrados que componían el tribunal.
También testificaron cuatro guardias civiles que acudieron al escenario de la pelea, dos de los cuales indicaron que al tomar declaración al militar, éste no identificó a José Antonio como el autor de su lesión en el tobillo, circunstancia que esgrimieron las defensas como indiciaria de que Alejandro bien pudo causarse la fractura al bajarse de un salto del tobogán o accidentalmente al caer al suelo durante la refriega, posibilidad que deja abierta el tribunal y que por eso ha motivado la absolución del delito de lesiones graves.