El Juzgado de Primera Instancia Número 49 de Madrid ha declarado que los intereses aplicados en la tarjeta revolving que había contratado J.H.P con Wizink son usuarios y por ello condena a la entidad a devolver al afectado todas las cantidades abonadas de más que excedan el principal prestado.
Concretamente, según la sentencia, Wizink deberá devolver a este vecino de Valladolid 7.615.02 euros además de anular la deuda pendiente de J.H.P. que ascendía, en el momento de la resolución, a 9.100 euros.
Con esta sentencia acaba para este vallisoletano una auténtica pesadilla en la que los intereses abusivos que le aplicaba Wizink a su tarjeta han supuesto años de malendeudamiento al ver cómo, a pesar de hacer frente a todos los pagos, no disminuía el préstamo inicial.
“Me la ofrecieron en la Estación de Chamartín, en Madrid, unos comerciales sin explicarme apenas nada. Solo me dijeron que era una tarjeta de crédito más… No me explicaron prácticamente nada y, por supuesto, nada de las comisiones e intereses que tendría que pagar por utilizarla”, recuerda J.H.P.
Una decisión de la que se arrepintió en cuanto comenzó a ver cómo, mes a mes, los intereses aplicados no hacían sino que la deuda apenas se amortizara. “Independientemente de que llevase sin utilizar la tarjeta un tiempo, seguía debiendo dinero a la entidad”, explica.
Y es que tal y como recoge la sentencia, el TAE aplicado en la tarjeta revolving era del 26,82%, lo que “prácticamente triplica el interés de mercado de las financiaciones a particulares”.
Así, J.H.P. decidió acabar con esta situación de la única forma posible: reclamando. “A todo el que se encuentre ya en esa situación, le diría que denunciara cuanto antes”, asegura. Y así lo hizo él, a través de Reclama Por Mí, abogados expertos en tarjetas revolving, una decisión que hoy le ha permitido salir de una espiral de deuda que parecía no tener fin.
“Una y otra vez acuden a nosotros personas que tienen contratada una tarjeta revolving con unos intereses usurarios y que ven cómo, por esta causa, la deuda contraída siga sin amortizarse por completo, por mucho que abonen sus cuotas. El pago del crédito se convierte realmente en inasumible. Es una práctica de la usura, aunque en pleno siglo XXI”, afirma Fernando Renedo, socio fundador de www.reclamapormi.com.