La Junta de Castilla y León ha tomado la decisión de imponer medidas restrictivas en las ciudades de León y Palencia ante el creciente número de contagios por COVID, y son las siguientes:

De obligado cumplimiento

Las medidas de obligado cumplimiento se refieren a restricciones en el contacto social en los municipios afectados, por lo que se restringirán entradas y salidas en esas localidades afectados salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados. Se indica además que la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen los municipios afectados será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

Otra limitación se refiere a la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, de manera que se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

Establecimientos

En establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, el aforo máximo del cincuenta por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22 horas, salvo las excepciones que se prevean.

En hostelería y restauración, el consumo en barra no estará permitido, las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas, y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas, no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 22 horas. Y la hora de cierre no podrá superar las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.