La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, TSJCyL, ha ratificado las órdenes de la Junta de Castilla y León respecto a León, Palencia y San Andrés del Rabanedo encaminadas a contener la pandemia de COVID, según ha dado a conocer el alto tribunal castellano y leonés.

En concreto, según el auto hecho público indica que la declaración aprobada por el Ministerio de Sanidad en León es de obligado cumplimiento y que no se ha suspendido la ejecutividad de dicha Orden. Además, destacan que la Ley Orgánica 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública establece que "las autoridades sanitarias podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la propia Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad". 

El Tribunal ratifica igualmente las medidas sanitarias de Palencia y San Andrés del Rabanedo porque, aunque no resultaba obligatoria su adopción en ejecución de la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 2020 por razones de población, la situación epidemiológica y sanitaria respondía a los otros criterios tenidos en cuenta en la referida Orden y la Consejería de Sanidad en ejercicio de sus competencias según "ha quedado justificado con el informe epidemiológico aportado". 

Esta resolución da solidez jurídica a las medidas dictadas por la Junta el pasado lunes en estos tres municipios ante el incremento de contagios, con duras medidas como el confinamiento perimetral de sus poblaciones salvo por las excepciones descritas en la ley, medidas que se prolongarán durante al menos 14 días. Estos municipios habían alcanzado los supuestos establecidos por el Ministerio de Sanidad que permiten dichas restricciones.

La decisión judicial contrasta con lo ocurrido en Madrid, donde a pesar de tener peores datos epidémicos la Justicia ha tumbado las medidas dictadas por el Gobierno central.