El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy el decreto de la Junta que modifica la norma en vigor referida al incumplimiento de las obligaciones preventivas y de contención de la pandemia en la Comunidad, y que añade la posibilidad de decretar el cierre temporal, ya sea como medida provisional o como sanción accesoria, de aquellos establecimientos que incumplan de forma grave o muy grave la normativa frente al COVID.
La medida incluye que la decisión sobre el cierre cautelar corresponderá a la Junta, que se podrá levantar tras el expediente con una multa o, si la infracción se plantease como grave, se plantearía la clausura durante dos años o cinco años en caso de que se valorase como una tipificación muy grave.
Según se argumenta en el decreto, las sanciones económicas se “revelan a menudo insuficientes” y la pervivencia de la situación de riesgo sanitario a consecuencia de la COVID-19, “determinan que haya de utilizarse necesariamente en la lucha frente a esta pandemia todos los cauces que el ordenamiento jurídico ofrece”.