Hoy 9 de abril, a las 23.59 horas, cae la vigencia de las medidas restrictivas específicas implantadas con motivo de la Semana Santa en Castilla y León, y que se implantaban a través del Bocyl del pasado 24 de marzo. Unas restricciones que endurecían varios aspectos del Nivel 4 de alerta, que ya estaba vigente previamente en la Comunidad, y que afectaban fundamentalmente al número de personas permitidas en mesa en el interior de los bares y restaurante y a las reuniones privadas.
Con el fin de estas medidas adicionales, Castilla y León vuelve a permitir que, en interior, los clientes de los establecimientos hosteleros puedan sentarse en mesas de hasta seis personas como máximo y no cuatro, como durante la Semana Santa. Igualmente se mantiene la prohibición de consumir en barra, de pie o en agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.
Lógicamente esto no es aplicable a los 21 municipios de Castilla y León que tienen cerrado el interior de sus locales de hostelería, por mantener una incidencia acumulada de 150 casos por 100.000 habitantes, y por lo que la Junta decretaba medidas excepcionales, que tendrán vigencia hasta el próximo 19 de abril.
Por otro lado, partir de las 23.59 horas, también queda sin vigencia la limitación de reuniones en espacios privados solo entre convivientes; para volver a la normativa anterior, que permite encuentros de hasta seis personas en espacios privados.
Por lo demás, el resto de medidas restrictivas no cambia, como en lo referente a:
- En ocio y cultura, museos y salas de exposiciones deberán respetar la limitación de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
- Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes.
- Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas (gimnasios y centros deportivos), un tercio del aforo, con uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico (máximo seis personas simultáneamente), exceptuando deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
- Ámbito social: 1/3 de aforo en lugares de culto; y limitación a diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.
Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se citan en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a cuatro personas no convivientes de la permanencia en espacios de uso público, ya sean éstos públicos o privados.
También que se mantiene el actual toque de queda, entre las diez de la noche y las seis de la mañana y que la Comunidad autónoma de Castilla y León se encuentra en situación de cierre perimetral en su conjunto, para la entrada y salida de personas de su territorio con las causas de excepción justificada establecidas.