El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, ha anunciado este mediodía que Castilla y León aplicará medidas especiales al interior del ocio nocturno y a las peñas durante 14 días para contener la evolución de la pandemia, en vista de la desfavorable evolución de contagios de COVID, que ha colocado a la CCAA en el cuarto puesto en incidencia acumulada en España, por encima de los 337 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.
Se mantendrá el nivel 1 para el resto de actividades y sectores, siempre en función de la evolución de los datos. Se recomienda a las autoridades sanitarias competentes no autorizar la celebración de eventos multitudinarios dada la actual situación epidemiológica. La medida entrará en vigor este viernes, tras su publicación en el Bocyl, y mantendrá su eficacia durante 14 dias naturales. "Vamos a vivir dos semanas o tres malas", ha avanzado Igea.
Las discotecas y salas de fiesta no podrán superar en el interior 1/3 del aforo.
No se permite el uso de las pistas de baile.
El resto de los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento a los que se refiere el apartado B.5 del Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León, como pubs, karaokes, bares especiales y otros, no podrán superar el 75 % del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes, y del 50% en las salas de más de 40 clientes.
Dentro del local, en los establecimientos señalados en el apartado anterior, no se podrá efectuar consumo en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
Se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 02:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas.
Las peñas permanecerán cerradas.
La Junta de Castilla y León recuerda todos los ciudadanos que deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas adoptadas en el Acuerdo, y que, en todo caso, los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa. Se establece además que el seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL).
La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto en la norma aplicable.
Así mismo, se recabará la cooperación y colaboración de la Delegación del Gobierno y de los Ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas, y se recomienda a las autoridades competentes no autorizar la celebración de eventos multitudinarios dada la actual situación epidemiológica.
De hecho, y como es habitual y preceptivo desde el inicio de la pandemia, la Consejeria de Sanidad realizará un seguimiento continuo de la situación epidemiológica a los efectos de 14 dar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas aplicadas, e informará cada 14 dias a la Junta de Castilla y León sobre la necesidad de mantener, ampliar o reducir estas medidas aplicables a los establecimientos y locales de ocio nocturno y a las peñas.