El Juzgado de Primera Instancia nº1 de Valladolid ha dictado Sentencia mediante la cual se condena a un cirujano plástico de Valladolid y a su aseguradora Wr Berkley Europe a indemnizar con 31.600 euros a un paciente como consecuencia de una defectuosa intervención de blefaroplastia.
Según comunica el Defensor del Paciente a través del servicio de abogados de Santiago Díez, el paciente, de 68 años a la fecha de los hechos, fue intervenido en septiembre de 2017 en el Hospital Campo Grande de Valladolid por el Dr. E.N.O., especialista en Cirugía Plástica, realizándose blefaroplastia superior e inferior, al presentar párpados caídos y bolsas prominentes.
En consultas posteriores, el paciente presentó ectropión motivado por la retracción del párpado inferior. Además, persistían las bolsas bajo los ojos, que no se habían eliminado con la blefaroplastia anterior. Motivo por el que, en septiembre de 2018, el Dr. E.N.O. realizó una segunda cirugía de cantoplastia para intentar corregir este defecto, según los datos ofrecidos por el Defensor del Paciente.
Tras esta segunda cirugía, la situación del paciente fue la siguiente: retracción palpebral con exposición de la conjuntiva (el “blanco” del ojo), ectropión, mirada caída y triste, malposición del canto externo del ojo, hundimiento periorbitario y ojos prominentes. Es decir, la estética facial del paciente no sólo no había mejorado tras la cirugía de blefaroplastia (y el retoque posterior), sino que actualmente persisten bolsas en párpados, una mirada caída y triste y, además, no puede cerrar totalmente el ojo izquierdo, lo que le dificulta el sueño y le provoca un lagrimeo constante por la sequedad del ojo siempre abierto.
El caso del paciente era especialmente complejo, debido a la laxitud de los tejidos y fisionomía facial. Características que incrementaban notablemente el riesgo de que la cirugía propuesta no obtuviera el resultado buscado.
Reprocha la sentencia que no se informara adecuadamente al paciente de la complejidad de su caso, directamente relacionada con las posibilidades de éxito de la cirugía realizada; la cual, siendo de carácter voluntario y en absoluto necesaria, bien podía haberla rechazado el paciente de haber conocido el elevado riesgo de fracaso de la misma.
La sentencia valora tanto el perjuicio estético como funcional que, tras la cirugía, presenta el paciente. Pues, desde luego, el paciente no se hubiera sometido a esta cirugía si hubiera conocido previamente los riesgos de la misma y las escasas posibilidades de éxito en relación al resultado deseado.
Por ello, al no haber informado el médico al paciente de ese elevado riesgo de fracaso y no obtención del resultado, se condena al pago de los daños derivados de tal intervención de cirugía estética. La sentencia condena al médico y a su aseguradora al pago de 28.900€ más los intereses legales que, sumados a la anterior cantidad, hacen un total de 31.600 €.
Flores: "Hay verdaderas tragedias"
Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, insiste en recordar a todos los usuarios de este tipo de servicios médicos la importancia de conocer previamente todos los posibles riesgos y complicaciones de este tipo de cirugías, de carácter voluntario, y que pueden llevar a una situación catastrófica: “Últimamente estamos asistiendo a verdaderas tragedias de pacientes que se someten a una intervención quirúrgica para mejorar su aspecto, y terminan en una UCI e incluso perdiendo de vida. O bien que obtienen unos resultados que en nada se acercan a lo que buscaban o deseaban. Por eso, es importantísimos saber en manos de quién nos ponemos, y muy especialmente, los riesgos de la intervención quirúrgica.”
La defensa del caso ha sido dirigida por el abogado Santiago Díez, especialista en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.