El primer fin de semana en el que ha sido obligatorio el uso de la mascarilla de protección se ha saldado con 43 denuncias a personas que incumplían de forma flagrante esta obligación regulada por la Junta de Castilla y León. Aunque Valladolid ha sido una de las ciudades donde los vecinos han utilizado de forma generalizada este material de protección incluso antes de esta regulación, la Policía Municipal desarrolló el sábado y el domingo una labor basada fundamentalmente en la información y la advertencia. Sin embargo, también fue necesario levantar actas tanto el sábado como el domingo, actas que contemplan una sanción de 100 euros.
Desde la finalización del estado de alarma, el 21 de junio, los agentes de la Policía Municipal han continuado desarrollando su labor de control del cumplimiento de las medidas de seguridad derivadas del coronavirus y, de hecho, se contabilizan durante este periodo 310 denuncias a otras tantas personas que no llevaban la mascarilla cuando sí estaba contemplado su uso.
Julia González, intendente jefa de la Policía Municipal de Valladolid, ha hecho un llamamiento a la necesidad de llevar la mascarilla para prevenir la propagación de la enfermedad y evitar brotes que supongan un retroceso: “Es una cuestión de responsabilidad y de solidaridad con el resto de la población porque es una crisis sanitaria y la protección es un trabajo de todos”.
Según la modificación aprobada la semana pasada por la Junta de Castilla y León, los cambios se justifican en el incremento actual de la movilidad de personas en época estival, la aparición de determinados brotes epidemiológicos y el incremento de casos positivos en personas asintomáticas, lo que obliga a obliga a reforzar las condiciones y régimen de uso del medio de protección más eficaz y sencillo del que se dispone en estos momentos: la mascarilla.
Por ello, se valora como imprescindible para la reducción del riesgo de transmisión comunitaria de la COVID-19 establecer, con carácter general, su uso obligatorio en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
Insistiendo en la necesidad de mantener el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, la modificación aprobada, en relación con las mascarillas expresa la obligatoriedad, por parte de las personas mayores de seis años, de su uso en todo momento tanto en la vía pública o en espacios al aire libre como en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios tanto de titularidad pública como privada cuando sea previsible la concurrencia en el mismo espacio con personas no convivientes.
También será obligatoria en todo tipo de transportes públicos o privados, excepto cuando todos los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio; en el caso de motocicletas o ciclomotores deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio.
La obligatoriedad incluye su uso adecuado, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida; la mascarilla no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en usos profesionales para los pueda estar recomendada.
Se exceptúan de la obligación su uso, además de en los supuestos previstos por el Real Decreto Ley 21/2020, en situaciones de consumo de alimentos y bebidas; durante la práctica de actividad física; en espacios de la naturaleza o al aire libre, fuera de los núcleos de población; y en piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal.
En cualquier otra circunstancia en la que el Plan haga referencia a la utilización de mascarilla por defecto de la posibilidad de mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, resulta ahora de obligado cumplimiento ambas medidas en todo caso: es decir, el mantenimiento de distancia de seguridad y el uso de mascarilla.