La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó la sentencia de cuatro años de prisión que la Audiencia Provincial de León impuso en marzo a un hombre al que se considera autor de los delitos de maltrato en el ámbito familiar, maltrato habitual y amenazas leves. Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a su mujer con 20.000 euros por los perjuicios y daños morales causados y no podrá acercarse a ella ni a sus hijos durante los dos años siguientes a su salida de la cárcel.
Según consta en la sentencia de la Audiencia de León, confirmada ahora por el TSJ, el condenado “insultó, amenazó y vejó a su esposa de forma casi diaria” durante 15 años, con frases tales como “puta, zorra, víbora, hija de puta, voy a acabar con todo”, muchas de ellas en presencia de los hijos del matrimonio. La resolución también considera probado que en 2019, el condenado protagonizó una discusión en el domicilio familiar durante la cual los dos hijos, mayores de edad, le recriminaron su actitud.
En ese momento, el hombre se dirigió a ellos con ánimo de amedrentarlos. “Os quito de en medio y acabo con todo”, llegó a decirles, mientras mantenía a su esposa agarrada del brazo, lo que le provocó una lesión con hematomas. Los tres abandonaron el domicilio por el temor de que el condenado pudiera agredirlos con un dispositivo Taser que poseía en ese momento y que posteriormente fue incautado por los agentes que intervinieron en el lugar de los hechos.
Sin embargo, la sentencia de la Audiencia de León absolvió al condenado del delito de agresión sexual del que se le acusaba, lo que llevó a la defensa del condenado a solicitar la descalificación de la declaración de la esposa en su recurso de apelación, en el que pedía la libre absolución del denunciado. El Tribunal especifica que la declaración de la esposa “resulta suficientemente detallada, persistente, sin contradicciones y ha sido corroborada por los dos hijos comunes que convivían con ambos, testigos directos de la habitualidad de la agresión”. Las pruebas periciales también incluyeron los informes de los médicos forenses, el equipo psicosocial y la declaración de la psicóloga de la Oficina de Asistencia a Víctimas.
Tras desestimar íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la defensa, el TSJ recordó que contra esta nueva resolución, puede interponerse un recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma ante el Tribunal Supremo.