El Tribunal Superior de Justicia de Burgos ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hombre acusado de abusar de su sobrina de forma intencionada, continuada y con el ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, entre el 2014 y finales del 2020, cuando la menor tenía entre 6 y 12 años de edad, argumentando vulneración del derecho a la presunción de inocencia por no haberse practicado en el plenario la prueba de cargo suficiente como para poder acreditar su culpabilidad.
El recurso fue presentado por la defensa del acusado, quien fue detenido el 9 de agosto de 2021 y condenado a prisión provisional comunicada y sin fianza tan solo un día después, tras conocer la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León el pasado 9 de enero de 2023 y que, con la reciente desestimación, vuelve a cobrar toda su validez.
De este modo, el tío de la víctima ha sido condenado a once años de prisión, a la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo, a la imposibilidad de ser elegido para un cargo público durante el tiempo de la condena, y a la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante un periodo de 16 años.
Además, tiene terminantemente prohibido aproximarse a su sobrina a una distancia inferior a 200 metros, así como a su domicilio, lugar de estudio o de trabajo, o cualquier otro donde pueda encontrarse, y también de comunicarse con ella, ya sea por vía oral, escrita, visual, gestual, informática o telemática, o a través de redes sociales o de mensajería instantánea, durante 14 años.
Pero no solo eso, el acusado, a quien se le ha impuesto la medida de seguridad de libertad vigilada por un tiempo de cinco años, también tiene que pagar a su sobrina una indemnización de 18.000 euros con los intereses legales, y abonar el pago de las costas del juicio, y de esta segunda instancia.
Dicha sentencia fue dictada tras probarse que, efectivamente, el acusado, sin llegar a utilizar la fuerza ni mediar violencia o intimidación, mantuvo contactos de carácter sexual con su sobrina, de manera regular, aunque discontinua, pues, en ocasiones, estos llegaron a tener una periodicidad mensual, o incluso semanal, mientras que hubo otros periodos en los que no existió ningún contacto, como es el caso del confinamiento.
Aun así, se ha podido comprobar que los contactos sexuales llegaron a producirse en al menos 21 ocasiones, y que, la mayoría de ellos, tuvieron lugar en momentos en los que la menor se encontraba en el domicilio de su abuela materna, con la que convivía el acusado, sin que esta ni ningún otro familiar estuviesen presentes.
Lo que hacía presuntamente el tío de la víctima era convencerla de que fuese a su habitación, empleando, en determinadas ocasiones, notas en las que le aseguraba que si le dejaba "tocar sus partes íntimas, le daba lo que quería". Así, cuando este conseguía que la niña fuese a su habitación, se quitaba la ropa de cintura para abajo, tumbaba a la menor en la cama y, unas veces por encima de la ropa y otras sin ella, empezaba a abusar de ella.
La última vez que el acusado tuvo contactos o relaciones de tipo sexual con su sobrina fue a finales de 2020, cuando la menor le dijo expresamente que no quería seguir con ello. Sin embargo, en 2021 la víctima siguió recibiendo mensajes por parte de su tío. Además, cabe destacar que él también le llegó a decir a la niña que era su sobrina favorita y que todo lo que pasaba entre ellos era su secreto, ya que, en caso de contar algo, este podría ir a la cárcel.
A consecuencia de todo esto, la menor ha sufrido alteraciones de tipo ansiosodepresivo, así como importantes dificultades relacionadas con el desarrollo personal.