El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña acaba de estimar una demanda colectiva contra Vodafone interpuesta tanto por la Fiscalía como por la asociación de consumidores Adicae y diferentes particulares y declara nula por abusiva una cláusula relativa al desbloqueo de terminales.
El juez considera nula la condición general concretada en el punto 8 de los contratos, en el que prevé el cobro de una cantidad al cliente por liberalizar los terminales móviles. "En definitiva –se indica en el fallo- una vez finalizado el periodo de permanencia, o con anterioridad, si se ha abonado la cláusula penal o se están cumpliendo las obligaciones derivadas del contrato, el cliente debe tener la posibilidad de utilizar libremente el terminal”.
La sentencia explica también que el fallo ha de aplicarse a todos los clientes que hayan celebrado o vayan a celebrar contratos en los que la demandada preste servicios de telefonía móvil, aunque no hayan sido parte en el proceso. Además, se condena a Vodafone a devolver las cantidades cobradas, incluidos los impuestos.
5.000 euros por día
El juez acuerda asimismo que se impondrá una multa coercitiva a Vodafone de cinco mil euros por cada día que transcurra, a partir de los dos meses siguientes a la fecha de la firmeza de la sentencia, en caso de que la empresa no haya cesado en el uso de las condiciones generales declaradas nulas.
Se trata de la primera demanda colectiva que prospera contra una compañía de telefonía en España. Un informe reciente de la Comisión de Cooperación de Consumo valora como "abusiva" la práctica que realizan las operadoras telefónicas de bloquear el terminal en los términos referidos. Esa valoración colisiona con la práctica de Vodafone, a quien la Fiscalía atribuye que "impone" una limitación técnica a los teléfonos móviles facilitados a sus clientes que "impide utilizarlos" con otras compañías operadoras y "restringe la posibilidad de destinarlos a otros fines".