Los trabajadores cuentan con una serie de derechos laborales que en muchas ocasiones resultan desconocidos para ellos. No saben con exactitud cómo pueden sacarle partido a una ley que les ampara por el simple hecho de ser empleados a cuenta ajena.
Uno de los campos que suele pasar más desapercibido para la mayoría de trabajadores hace referencia a los plazos de pago y a la posibilidad de solicitar unos anticipos del sueldo antes de que llegue el final, que es cuando se genera el salario mensual. De ahí que en la mayoría de las empresas opten por abonar dicho sueldo el último día del mes o a comienzos del siguiente.
Básicamente se pueden pedir anticipos en función de dos aspectos. Según los días ya trabajados o sobre los salarios futuros.
¿Cómo pedir el anticipo de los días ya trabajados?
Las empresas suelen abonar el salario a los trabajadores en una fecha concreta, que por lo general aparece en el convenio colectivo. Lo habitual es que se haga a finales del mes trabajado, por lo que primero suele realizarse la tarea y luego la compañía abona el salario a mes vencido.
No obstante, ante la crisis y la aparición de una serie de gastos con los que no contamos, es posible que algunas personas se encuentren con serias dificultades para llegar a final de mes y para abonar sus facturas. De ahí que en cierta medida se vean en la obligación de reclamar que se les pague antes de tiempo la nómina.
El Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho en el artículo 29.1. Señala que "el trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado".
Pero no debemos llevarnos a engaño, ya que esto es lo que se denomina como un anticipo impropio. No implica que la empresa nos abone antes de tiempo el sueldo mensual, ya que en realidad lo que pueden hacer es hacernos el pago anticipado del salario correspondiente al trabajo ya efectuado y todavía no cobrado. Esto supone, por ejemplo, que un empleado que solicite un anticipo el día 20, puedan pagarle el sueldo correspondiente a los primeros 19 días del mes.
Un adelanto de lo que tienen pendiente de abonar
En realidad no puede considerarse un anticipo al uso, ya que esos días ya están trabajados y la compañía se los adeuda. Este dinero que se adelanta se descontará de la nómina que se recibe a final de mes. En el caso de que no sea así, de que no se descuente, entonces no se consideraría un anticipo y pasaría a ser un incremento de sueldo o un préstamo.
Por lo general, resulta extraño que se haga una solicitud de anticipo de salario de los días no trabajados. La ley únicamente contempla la posibilidad de solicitarlo de la nómina mensual, no de las pagas extras o de beneficios.
Aunque el Estatuto de los Trabajadores no limita el número de veces que puede solicitarse el anticipo, se entiende que no debe ser una práctica que se convierta en generalizada. La norma fija de manera muy clara que los salarios deben abonarse al término del mes.
Anticipo sobre salarios futuros
Algunos convenios colectivos contemplan la opción de que se pida un anticipo sobre salarios futuros, por trabajados no efectuados. No es lo más habitual, pero puede darse.
En este caso, suelen fijarse una serie de limitaciones teniendo que justificar la urgencia o las causas por las que se pide. Es habitual que también se establezcan unos límites en cuanto a la cuantía o del porcentaje del sueldo que se puede reclamar antes de tiempo. Principalmente para evitar problemas en las cuentas de la empresa y también por motivos de administración.
La otra opción que se plantea es que el empleado pueda llegar a un acuerdo con sus jefes para que le hagan otro tipo de anticipo personalizado. De ser así, es preciso que este tipo de pactos entre las dos partes se plasmen por escrito, con la firma del trabajador y el sello de la compañía.
Cómo se pide un anticipo de salario
Si tienes previsto solicitar un anticipo de sueldo a tu empresa debes saber que hay que pedírselo al departamento de recursos humanos. Lo conveniente es que se haga por escrito, para que de esa manera quede constancia. Nunca se sabe si el empleado necesitará de esa prueba de solicitud en el futuro. Hay que quedarse con una copia sellada de la solicitud presentada.
La compañía en cuestión debe responder en un plazo de tiempo muy corto. En realidad no existen unos plazos concretos para que dé una contestación o haga el abono. Sin embargo, dicha respuesta no debe demorarse en exceso ya que de lo contrario el anticipo perdería su sentido y se llegaría a cobrar cuando se haga efectivo el pago de la nómina ordinaria.
La opción de préstamos por parte de la compañía
No es conveniente abusar de los anticipos de sueldo. Puede darse el caso de que el empleado precise de más dinero. En ese caso, tendría la opción de intentar pedir un préstamo a la empresa, en lugar de tener que recurrir al banco. Las compañías, en cualquier caso, no tienen la obligación de facilitar este tipo de ayudas a los trabajadores, salvo que lo recoja el convenio colectivo.