El estado de alarma que hemos vivido hasta hace apenas unos días como consecuencia de la crisis del coronavirus ha tenido (y sigue teniendo) numerosas repercusiones económicas en nuestro país. Debido a esta situación, el Gobierno de España aprobó la posibilidad de que muchas empresas se pudieran acoger a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
Qué es un ERTE y cómo se puede solicitar
El ERTE es una medida a la que se han sumado miles de empresas españolas durante el estado de alarma. A ella se han podido acoger todas aquellas empresas que, por motivos justificados, hayan decidido suspender o reducir temporalmente los contratos de sus trabajadores. El objetivo de la empresa será minimizar el impacto de la crisis en su negocio.
Las medidas del ERTE pueden ser de dos tipos: suspensiones del contrato de trabajo o reducciones de las jornadas de los trabajadores. Mientras duren estas medidas, la empresa está exenta de pagar la cuota empresarial y demás contingencias a la Seguridad Social (si la empresa tiene una plantilla de 50 o más trabajadores, la exención sería del 75%).
Para solicitar un ERTE, la empresa debe pedirlo a la Autoridad Laboral, detallando las justificaciones de la solicitud, los trabajadores que se verán afectados y las medidas que se aplicarán. A continuación, se acompañará la documentación pertinente y se enviará de forma telemática al SEPE.
Tras esto, la empresa debe informar a la plantilla sobre el ERTE. Es el momento en el que la Inspección de Trabajo emitirá un informe y resolverá sobre la aprobación o no del ERTE.
Cómo reclamar el cobro del ERTE
En las últimas semanas, han sido miles de personas las que se han quejado en diferentes medios del retraso en el pago del erte. Sin ir más lejos, ya el pasado 3 de abril el SEPE lanzó una nota en la que avisaba del gran volumen de expedientes que estaban recibiendo, lo que imposibilitaba la gestión electrónica a su debido tiempo.
Por esas fechas, el SEPE anunciaba también que se habían atendido y pagado ya a más de tres millones de beneficiarios de prestaciones por desempleo. Sin embargo, aún quedaban por resolver miles de expedientes en todo el territorio nacional.
Comprobar si el ERTE está aprobado o no
Las reclamaciones para el pago del expediente de regulación temporal de empleo deben hacerse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en la oficina de referencia de cada trabajador. Pero antes de llevar a cabo cualquier reclamación, debemos comprobar primero que el ERTE esté aprobado o no.
Para comprobarlo, hay que acceder a la web del SEPE. Allí tenemos habilitado un espacio en el que tendremos que aportar datos como el DNI, el número de teléfono, la fecha de solicitud del ERTE y el código IBAN de nuestra cuenta bancaria. Tras esto, el sistema nos informará de la situación del erte. Si está aprobado o pendiente de cobro, nos indicará las fechas en las que se procederá al abono.
La reclamación del ERTE por demoras en el pago
Sin embargo, hay muchos casos en los que precisamente no se ha realizado el abono del ERTE en las fechas indicadas. De ahí que se hayan producido múltiples quejas ante las demoras en los pagos.
A la vista de todas las quejas de las últimas semanas, el SEPE ha habilitado el correo electrónico miprestacion2020@sepe.es para canalizar todas estas quejas. Los usuarios también tienen a su disposición el número de teléfono 900 812 400, de lunes a viernes de 08.00 a 20.00 horas, para reclamar el pago de su ERTE o saber en qué estado se halla su solicitud. Además de la reclamación telemática, se puede realizar otra por correo administrativo.
Desde el pasado 15 de junio, y tras la apertura de las oficinas del SEPE, la reclamación también se puede realizar ya de forma presencial, pero siempre atendiendo a las medidas higiénico-sanitarias y al protocolo de actuación de cada organismo. Las reclamaciones ante la dirección provincial del SEPE se presentarán en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución sobre la prestación solicitada.
Una vez presentada la queja, se estima que el plazo de respuesta del SEPE está en torno a los 20 días (tiene un plazo máximo de 45 días). Una vez que transcurra dicho plazo sin que el SEPE conteste de forma expresa, se entenderá por silencio administrativo que la reclamación ha sido desestimada.
La reclamación del ERTE en el Juzgado
Una última opción que tenemos a nuestro alcance es reclamar el pago del ERTE a través del Juzgado de lo Social. En este caso, habría que interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 30 días a contar desde el día en el que se entienda que fue denegada la reclamación por silencio administrativo.
En definitiva, son aún miles de españoles cuyos expedientes de regulación temporal de empleo a consecuencia de la crisis del coronavirus aún no han sido satisfechos. Hay quienes en las últimas semanas se han quejado también de que los medios que ha habilitado el SEPE para llevar a cabo las reclamaciones están colapsados.
Afortunadamente, en estos últimos días comienza a agilizarse todo y cada vez son menos los que aún tienen problemas con sus ERTEs. Pero en caso de no ser así, siguen abiertos los cauces pertinentes para hacer las correspondientes reclamaciones.