Belén Rueda (54 años) tiene que hacer frente a un nuevo revés judicial: la Audiencia Nacional ha ratificado la decisión de la Agencia Tributaria de castigar a la actriz española por utilizar una empresa instrumental para facturar sus trabajos personales durante los ejercicios 2005 y 2006, según la sentencia a la que ha tenido acceso La Información.
"La forma de facturar los servicios prestados otorgan una ventaja fiscal no amparada jurídicamente y la consecución de tal ventaja fiscal es la única razón de realizar la facturación como se hizo", explica dicha resolución.
Aún no se conoce la cuantía final que deberá pagar la actriz, pues la Audiencia todavía debe dirimir si la cuota del IRPF que le exige el Fisco (que no se ha hecho público) se ajusta a derecho. En concreto, Belén Rueda deberá desembolsar la cuota de IRPF exigida por el Fisco, además de una sanción y los intereses de demora acumulados.
Fue en 2009 cuando Hacienda empezó a investigar la sociedad Belu Actividades Empresariales SL, una empresa que fundó Belén Rueda en 2004 para facturar sus trabajos profesionales. En ese momento, el Fisco levantó un acta de liquidación tanto por IRPF como por Impuesto de Sociedades. Este tipo de actas se levantan cuando el inspector descubre descubiertos de cotización a la Seguridad Social por parte de la empresa.
Sin embargo, la actriz no estaba de acuerdo y recurrió el pronunciamiento ante el Tribunal Económico, pero perdió. La Audiencia Nacional acaba de pronunciarse por el acta del Impuesto de Sociedades, que acarreó el pago de 79.700 y 89.000 euros por parte de la sociedad como impuesto sobre los beneficios que declaraba.
Entre 2005 y 2006 la sociedad declaró unos ingresos de 1,2 millones de euros, Todos ellos relacionados con sus intervenciones en series de televisión, doblajes de películas, campañas de publicidad o participación en diferentes galas.
En ese momento la propia Rueda, dueña de la empresa, se autoconcedió unas remuneraciones de 65.500 y 89.300 euros en concepto de sueldo, derechos de imagen, cupón de autónomos y plan de pensiones.
El problema en todo este entramado societario es que una investigación en profundidad por parte de Hacienda reveló que el valor de los trabajos de Belén Rueda ascendían a la práctica totalidad de los ingresos declarados por la sociedad, lo que acarreó una propuesta de regularización fiscal cuya cuantía se desconoce.
Tanto la resolución de la Audiencia Nacional como la del Tribunal Económico dictamina que la intérprete creó esta empresa para pagar menos impuestos, porque se hace pasar ingresos de servicios 'personalísimos' a través de la sociedad, pagando un tipo impositivo (el de Sociedades) más bajo que el que le correspondería si se declarara a través del IRPF. Además, se elude (o como mínimo se pospone, según la Audiencia) el pago de la correspondiente cuota del IRPF que tendrá lugar cuando se repartan dividendos.
La investigación no solo afectó a los impuesto que pagó o dejó de pagar la compañía. La Agencia Tributaria también analizó los gastos que la artista había intentado deducirse a través de esa sociedad: casi 42.000 euros. Los correspondientes a agua, luz y comunidad de propietarios no se admitieron ya que "la sociedad no dispone de local alguno (ni propio ni arrendado) por lo que no es posible establecer la correlación entre los ingresos de la sociedad y los gastos", explica la Audiencia.
El resto de los gastos estaban relacionados con una tarjeta Visa. La Audiencia Nacional insiste en la sentencia que estos "no se concretan y ni tan siquiera se alega la vinculación de cada uno de ellos con los ingresos de la entidad", de manera que tampoco se han aprobado.
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