Borja Thyssen y Blanca Cuesta  en una imagen de archivo.

Borja Thyssen y Blanca Cuesta en una imagen de archivo.

Famosos TRIBUNALES

Borja Thyssen y Blanca Cuesta, absueltos de un delito contra Hacienda por el que les pedían un año de cárcel

La jueza ha considerado que no se puede acreditar que hayan hecho un negocio falso con fines fraudulentos. 

20 octubre, 2023 13:35

Buenas noticias para Borja Thyssen (43 años) y Blanca Cuesta (49). El matrimonio ha sido absuelto de un delito contra la Hacienda Pública del que habían sido acusados por, presuntamente, ocultar beneficios que ascendían a 1,6 millones de euros. Todo ello integrado en una operación de transmisión de participaciones de una sociedad tras la venta de su chalet en Ibiza. Ahora señalan que no se puede acreditar que hayan hecho un negocio falso con fines fraudulentos y que no se dan las condiciones de "ocultación maliciosa".

El hijo de Tita Cervera (80) y su mujer se enfrentaban a una pena de un año de prisión, una multa de 336.415 euros, referente a la acusación del Ministerio Público, y otra de más de un millón de euros referente a los servicios jurídicos del Estado en representación de Hacienda. Ahora, tras la decisión de la jueza, el matrimonio puede respirar tranquilo ya que no ingresarán en prisión ni se verán obligados a pagar esas cuantías que se les solicitaban. 

Tal y como se explica en la resolución, la jueza no ha podido acreditar que el matrimonio simulara un negocio jurídico para ocultar beneficios a la Hacienda Pública: "No puede ser considerada una operación dirigida a ocultar un hecho imponible". El proceso comenzó en 2020, aunque no ha sido hasta ahora cuando se ha resuelto el caso. En un inicio, la Fiscalía solicitaba tres años de cárcel, pero finalmente se rebajó a un año la solicitud de condena.

[La Fiscalía pide tres años de cárcel para Borja Thyssen y Blanca Cuesta]

Borja Thyssen y Blanca Cuesta en una imagen de archivo.

Borja Thyssen y Blanca Cuesta en una imagen de archivo. Europa Press

Según el Fisco, Borja y Blanca presentaron la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2010 en su modalidad de tributación conjunta, en la que declararon una ganancia patrimonial de 2.206.527,50 euros por la venta de las participaciones de Cas Capetó S.L. En esta sociedad aparecía Cuesta como administradora única con un 40% de las acciones, su marido tenía el 50% y la sociedad Caribean Breeze tenía el 10%. Sin embargo, la ganancia real obtenida por los acusados con la venta de tales participaciones ascendió a 3.792.564,92 euros, "ocultando por tanto a la Hacienda Pública la cantidad de 1.586.037,39 euros".

La Fiscalía hace hincapié en que el activo de Cas Capetó estaba constituido fundamentalmente por una casa en Ibiza, que carecía de personal contratado y sin actividad económica alguna, y en que el precio total abonado por dicha operación ascendió a 9.700.000 euros, que fueron ingresados en la cuenta bancaria de la que era titular Borja.

Los acusados presentaron en plazo la declaración de IRPF solicitada y que correspondía al ejercicio de 2010. En ella, declararon una ganancia patrimonial de 2.206.527,50 euros por la venta de las participaciones de Cas Capetó, cuando en realidad la venta se realizó por un valor superior. Según la Fiscalía, la ganancia patrimonial que los acusados ocultaron procede también de la venta de participaciones realizada a través de Caribean Breeze que en realidad se trata de una operación "simulada". De dicha sociedad eran titulares Borja al 70% y su mujer al 30%.

La magistrada considera que los hechos investigados "no son constitutivos de un delito contra la hacienda pública". Además, señala que "la documentación aportada a la causa acredita las aportaciones realizadas por Borja Thyssen a Cas Capetó en el periodo entre marzo de 2006 y 2010, mediante transferencias bancarias de sus cuentas personales, por un importe de 1.273.471,18 euros y por tanto sin emplear artificio para ocultar o disfrazar las mismas". Indica también que "independientemente de que tales aportaciones deban ser consideradas como crédito o mayor valor de adquisición de las participaciones sociales, se considera que no integra el tipo penal de defraudación u ocultación necesaria y relevante desde el punto de vista penal". 

Borja Thyssen-Bornemisza fue exonerado en 2019 de un delito de fraude fiscal por otro juez en Madrid, que determinó que no se había acreditado que el procesado fingiera residir en Andorra para evitar presentar la declaración de la renta en España en 2007.