La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el exmagistrado Baltasar Garzón y los abogados Manuel Ollé y Eduardo Ranz contra el silencio administrativo que recibió su petición de que el Valle de los Caídos se convierta en un Espacio de Memoria de las Víctimas y, en consecuencia, se trasladen los cuerpos de los generales Francisco Franco y José Antonio Primo de Rivera.
Los tres juristas hicieron al Gobierno esa reclamación, al amparo del derecho fundamental de petición, el 19 de noviembre de 2015. El Ejecutivo tenía tres meses para contestar, lo que no hizo sino hasta el 16 de septiembre de 2016. El 1 de marzo anterior los peticionarios recurrieron ante el Supremo solicitando que se declarara vulnerado el derecho de petición y, además, una serie de medidas como que el alto tribunal anulara la vigente regulación legal sobre el Valle de los Caídos y "aprobara (sic) una disposición de carácter general que establezca un nuevo marco jurídico".
Los tres abogados reclamaron, en concreto, que los restos de Franco y de Primo de Rivera se depositen en el lugar que designen las respectivas familias y estimaban que, en este caso, el Arzobispado de Madrid estaría vulnerando los cánones eclesiásticos que señalan que no deben enterrarse cadáveres en las iglesias a no ser que se trate del Papa, arzobispos o meritorios. "Ni Francisco Franco ni José Antonio Primo de Rivera son, o han sido, al menos de forma pública y notoria, romano pontífice, obispo o cardenar", indicaban.
En la demanda al Supremo defendían que el Valle de los Caídos debe convertirse en un espacio de memoria donde las víctimas de la Guerra Civil, de la dictadura, sus familiares y la sociedad “puedan ejercitar su derecho a la verdad y a la reparación”.
”No existe mayor manifestación de exaltación de la Guerra Civil y la Dictadura ni mayor acto de naturaleza política exaltador que el hecho de reposar los restos de las víctimas (más de 33.000 víctimas), en la mayor fosa de España, alrededor de la sepultura del dictador y la del fundador de la Falange, todas ellas sin identificar ni honrar su memoria”. Además, se reclamaba una “dotación económica suficiente, a cargo del Estado” para la exhumación e identificación de las víctimas que se encuentran en el Valle.
El Supremo ha informado que la demanda ha sido desestimada, sin más explicaciones. La sentencia se conocerá en los próximos días.