La Fiscalía ha pedido hoy en la vista oral de la demanda presentada por Pilar Abel para ser reconocida como hija de Salvador Dalí que se condene en costas a la demandante, por actuar de manera "caprichosa e infundada" y poner en duda al Instituto de Toxicología que concluyó que el pintor no era su padre.
Esta vista se ha celebrado en el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid después de que se hiciera público que las pruebas biológicas demuestran que Pilar Abel no es hija biológica de Salvador Dalí, una vez que el juez autorizó la exhumación del cadáver del pintor ampurdanés para recoger muestras de ADN.
Los restos del artista fueron exhumados el pasado 20 de julio de la cripta del Teatro-Museo de Figueres (Girona), donde fue enterrado tras su muerte, pero los expertos del Instituto Nacional de Toxicología, tras cotejarlos con muestras de saliva de la mujer, concluyeron que "los resultados obtenidos permiten excluir a Salvador Dalí como padre biológico de Pilar Abel Martínez".
Paternidad sin veracidad
"Se ha actuado de manera caprichosa, infundada y no se ha probado nada que pueda poner en duda la seriedad del Instituto Nacional de Toxicología", ha dicho el fiscal en sus conclusiones, en las que ha pedido que se condene en costas a Pilar Abel, si bien dichas costas no incluyen los gastos de la exhumación, aunque la Fundación Gala-Dalí solicitará que sí se recojan en la condena.
La Fundació Gala-Salvador Dalí emitió un comunicado el día en que se conoció el resultado del contraste de ADN, en el que aseguraba que esta conclusión "no es ninguna sorpresa". La fundación cargaba contra la decisión judicial de la exhumación: "En ningún momento ha habido indicio alguno de la veracidad de una pretendida paternidad. La inusual e injustificada decisión judicial de practicar la exhumación se confirma como totalmente inadecuada y desproporcionada, poniendo en evidencia su total improcedencia y la inutilidad de los costes y perjuicios de todo tipo que ha ocasionado, respecto a los cuales la Fundación reitera la expresa reserva de acciones".
El juez encargado del caso aseguró en su día que era necesaria la prueba biológica de investigación de la paternidad de Pilar Abel, al "no existir restos biológicos ni objetos personales sobre los cuales practicar la prueba por el Instituto Nacional de Toxicología".