Cultura se lava las manos en el expolio de Canalejas
El auto del juez cuestiona el papel del Ministerio, que ha decidido no intervenir con un "procedimiento de expoliación"
13 octubre, 2015 02:20Noticias relacionadas
La maquinaria de demolición entró en acción contra los siete edificios agrupados en el área Sevilla-Canalejas a principios de 2014, con permiso del Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid. A las pocas semanas, la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio, alertada por la degradación de la protección del conjunto, presentó una denuncia ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por expoliación contra la modificación del plan urbanístico (aprobada en enero de 2014 por la Comunidad de Madrid), que rebajaba la protección de las antiguas sedes del Banco Hispano Americano y de la Equitativa, y daba vía libre a la creación del centro de ocio proyectado por el nuevo dueño del solar, Juan Miguel Villar Mir (OHL).
El empresario también consiguió la licencia municipal para demoler el conjunto, siempre y cuando respetara las fachadas y la primera crujía (espacio que hay entre dos muros de carga), las dos únicas partes que el Consejo de Patrimonio de la Comunidad de Madrid decidió mantener como Bien de Interés Cultural (BIC). Tal y como ha podido saber este periódico, las crujías ya no existen. A unas semanas de las elecciones municipales, la alcaldesa Ana Botella paralizó parcialmente las obras, porque la demolición excedía la licencia municipal y la empresa derruía por encima de lo permitido.
El Director General de Bellas Artes responde que no cabe intervención estatal a través de la figura del expolio
A finales de julio, el conjunto ya había sido arrasado por dentro, dejándolo en una cáscara. Entonces, Miguel Ángel Recio Crespo, director general de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, contestaba con un año y medio de retraso a la denuncia con carácter urgente interpuesta por la principal asociación dedicada al cuidado y conservación del legado histórico artístico. La reacción de la asociación pretendía evitar el expolio que ha hecho reaccionar ahora al juez del juzgado de primera instancia de Madrid, tal y como adelanta Rubén Lapetra en este periódico.
Silencio y desprotección
La respuesta del director general de Bellas Artes aclaró que “no procede la incoación de un procedimiento de expoliación”: “Siendo preocupante en lo que a la posible afección al patrimonio cultural se refiere, este hecho pone de manifiesto que la Comunidad de Madrid, en tanto que Administración competente en la materia, está ejerciendo adecuadamente sus competencias de protección del patrimonio cultural. Por ello, no cabe intervención estatal a través de la figura del expolio”, añadía la Secretaría de Estado de Cultura en su respuesta.
Además, en aquella contestación a la que ha tenido acceso este periódico, Cultura citaba la Ley de Patrimonio Histórico de 1985 para justificar su silencio: “La intervención de la Administración General del Estado no se producirá cuando la Comunidad Autónoma haya adoptado o esté adoptando las medidas de protección previstas”. Las medidas cautelares determinadas por la justicia madrileña cuestionan esas “medidas de protección” en las que se respalda Cultura.
“Lo que ha hecho OHL es un expolio y el Ministerio de Cultura lo ha permitido”, explican desde la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio a este periódico. La asociación lamenta que el Ministerio de Íñigo Méndez de Vigo no respondiera con rapidez y alargase el trámite más de un año, mientras la empresa arrasaba con las tripas del conjunto.
“La destrucción de los elementos comportan un daño para el Patrimonio Histórico Español, es decir, comporta expoliación. La conclusión es que el Ministerio ha actuado con negligencia. Ayuntamiento, Comunidad de Madrid y Ministerio han actuado al unísono, en beneficio de los mismos intereses”, señala la asociación en referencia a Villar Mir.
Cabanyal, precedente
De esta manera, el Ministerio se inhibe a pesar de una sentencia histórica del Tribunal Constitucional, en julio de 2014, que refuerza sus competencias en materia de expolio ante las injerencias de las Comunidades en este apartado. En el fallo se anularon por inconstitucionales ocho artículos de la reforma de la Ley de Patrimonio, impulsada por Ignacio González.
El Tribunal Constitucional aclaró que una Comunidad no puede rebajar los estándares de protección de patrimonio
En aquella ley, sin corregir aún, el artículo 23.1 se extralimita en competencia autonómica al permitir “desplazar o remover” los bienes inmuebles declarados de interés cultural favoreciendo operaciones potencialmente expoliadoras. El TC aclaraba que una Comunidad no puede rebajar los estándares de protección de patrimonio, porque afecta al ejercicio de la Ley Estatal contra el expolio. De esta manera, la reforma de la ley madrileña quedaba retratada ante el organismo como una “ley expoliadora”, que “erosiona la competencia estatal en la lucha contra la expoliación”.
Sin embargo, el equipo de José María Lassalle, secretario de Estado de Cultura, ya ha declarado que no ejercerá su papel en la lucha contra la expoliación. Madrid, Ciudadanía y Patrimonio compara este caso con el intento de expolio sobre el barrio del Cabanyal, que detuvo el Ministerio de Cultura de Ángeles González-Sinde al ejecutar una orden ministerial de 2009 que paralizó en seco el plan urbanístico de la entonces alcaldesa de Valencia, Rita Barberá.