La tragedia del Circo del Sol abre el debate: ¿están protegidos los acróbatas españoles?
No hay regulaciones globales de las instituciones para establecer criterios de salud laboral. Además, la intermitencia del sector -movilidad y rotatividad- complica un plan de riesgos laborales estable. Las administraciones tienen la última palabra en la seguridad de los trabajadores culturales.
25 marzo, 2018 01:05Hace una semana, el acróbata Yann Arnaud moría tras caer al vacío durante un espectáculo del Circo del Sol en Tampa (Florida). A pesar de que los servicios sanitarios que estaban destinados a cubrir el espectáculo actuaron con urgencia, el joven falleció sin que se pudiese hacer nada. Durante la actuación musical, el acróbata se agarró de la mano de su compañero, pero al distanciarse de él, cayó al suelo: los arneses que lo sujetaban se soltaron y se precipitó sobre el escenario. La organización suspendió los dos espectáculos que tenía programados para esos días y se ofreció a colaborar con las autoridades: “Estamos ofreciendo nuestra colaboración completa y transparente para que examinen las circunstancias de este accidente”.
El Circo del Sol proporciona a sus artistas un seguro médico que refuerza con un equipo de Salud que les cubre en las siguientes áreas: rehabilitación y terapia de prevención de lesiones, evaluaciones médicas, evaluación de las capacidades físicas, soporte nutricional, planificación y atención médica de emergencia, seguro de vida… y hasta terapias de ejercicio como pilates y yoga. Desgraciadamente, a pesar de sus esfuerzos, no es la primera vez que el Circo del Sol lamenta la muerte de un acróbata de su equipo en el ejercicio de su trabajo. En 2009, el ucraniano Olexandre Jurov, de 24 años, murió durante un ensayo en Montreal. En 2013, la francesa Sarah Guillot-Guyard falleció tras una caída en el casino MGM Grand, en Las Vegas: tenía 31 años, era madre de dos hijos y llevaba siete años en el circo.
Mientras las causas de esta última tragedia se resuelven, el debate vuelve a abrirse como una herida sangrante: ¿qué protección tienen estos trabajadores? ¿Quién los asistiría si el accidente hubiese ocurrido en España?
Mientras las causas de esta última tragedia se resuelven, el debate vuelve a abrirse como una herida sangrante: ¿qué protección tienen estos trabajadores? ¿Quién los asistiría si el accidente hubiese ocurrido en España? Muy reciente aún la fatal muerte de Pedro Aunión Monroy sobre el escenario del Mad Cool el pasado verano: el joven cayó desde 30 metros de altura y la empresa organizadora no suspendió siquiera la actuación del grupo musical que iba a continuación, Green Day. Las responsabilidades aún están por depurar. En su momento, los sindicatos salieron a la calle a recordar que son las empresas y administraciones públicas las que tienen que velar por la seguridad de los trabajadores. La Unión Estatal de Sindicatos de Músicos, Intérpretes y Compositoras convocó una concentración para exigir mejoras en las condiciones de los trabajadores culturales.
A partir del caso del Circo del Sol, Sindicatos de Música cuenta a EL ESPAÑOL que su postura, referente a los festivales, comienza por señalar que “aunque parezca mentira, cada festival aplica el convenio laboral que considera, tanto para artistas como para técnicos, personal de hostelería, limpieza...”. “No hay regulaciones globales por parte de las instituciones para establecer criterios de salud laboral para todos los tipos de trabajadores”, indican, y por ahí habría que empezar a trabajar.
La importancia de la carga de trabajo
El sindicato Unión de Actores y Actrices explican a este periódico -al respecto de los artistas en líneas generales, no de los acróbatas en particular-, que “la protección legal de la que disponen es, en primer lugar, su alta en la Seguridad Social”: “La Seguridad Social es un seguro de todos los trabajadores y es la principal garantía de cobertura en caso de accidente de trabajo, haya resultado de muerte o no. Por eso, el exigir el alta al estar contratado es indispensable y no hacerlo debería ser más perseguido”. En segundo lugar, citan la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que impone obligaciones a trabajadores y empresarios que buscan la reducción de los riesgos derivados del trabajo y sus resultados.
“Proteger a los trabajadores depende no sólo de arneses y medidas básicas de seguridad; tiene mucha importancia la carga de trabajo, las condiciones ambientales en que se desarrolla, etc. El empresario debe ser sensible a estos elementos. Puede estar todo bien pero si es el tercer espectáculo del día y el trabajador está muy cansado es más probable que haya accidentes”, subrayan. Recalcan también que “en aquellas actividades con mayor peligrosidad, las empresas deben contar con seguros de responsabilidad civil que respondan en caso de accidentes y otras contingencias, esto es un complemento que protege al empresario pero no lo exime de las dos anteriores”.
Una de las dudas más recurrentes en este debate es si existen seguros que protejan también a las familias de las víctimas. ¿Se les indemniza? “Todo depende del cumplimiento de las normas establecidas, si se han cumplido las obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales, la responsabilidad será asumida en base al sistema de Seguridad Social, que es el seguro que protege principalmente a los trabajadores en los centros de trabajo”, señalan. “En el caso contrario, la responsabilidad dependerá de la gravedad de los incumplimientos, pudiendo ser únicamente civil o derivar en responsabilidades administrativas e incluso penales. Lo que es claro es que tras un accidente con resultado de muerte debe haber una investigación profunda que depure responsabilidades y ayude a que no vuelva a ocurrir más”.
Responsabilidad de los organizadores
¿Qué responsabilidades tienen que presentar los organizadores? “La ley que regula la prevención de los riesgos laborales en España prevé que la responsabilidad actúe en cascada. La obligación principal le corresponde a la empresa que contrata al trabajador de manera directa. En muchas ocasiones, esta empresa es a su vez contratada por otra empresa que es la organizadora del evento, en ese caso existen una serie de obligaciones compartidas”, puntualizan. “En lo que responde a la alta en la Seguridad Social, comprobando que ésta esté correctamente realizada, y a la prevención de riesgos laborales, con obligación de coordinación y vigilancia, la responsabilidad es solidaria, responden conjuntamente. Por lo que no cabe en estos casos defender que tú no has contratado al trabajador y esconderse tras la empresa contratada, como organizador debes garantizar que todo se desarrolla correctamente”.
Es difícil pensar en un plan de riesgos laborales estable cuando la actividad no lo es
La Unión de Actores y Actrices sostiene que en su sector “hay un déficit de trabajo específico respecto de la prevención de riesgos laborales, y responde principalmente a la intermitencia del sector, que implica mucha temporalidad, movilidad y rotatividad en los empleos: es difícil pensar en un plan de riesgos laborales estable cuando la actividad no lo es”. En este sentido, indican, “debemos mejorar todos”, refiriéndose a empresas, trabajadores y administración. “Las empresas deben dejar de ver la prevención como un trámite y la Seguridad Social como un gasto inútil; los trabajadores debemos tener en cuenta que la seguridad depende en primer lugar de nuestra defensa de la misma. Una cosa es "el show debe continuar" y otra renunciar a los derechos y a la seguridad. Y la administración debe dotar de fondos a sindicatos y empresas para implementar modelos de prevención que respondan a la intermitencia del sector”.
La última clave que aportan es la labor de la Inspección de Trabajo: “Es necesario formación específica de los inspectores y subinspectores para que conozcan las particularidades del sector (como ocurrirá en más sectores) y se evite tener que llegar al momento del accidente. Hacen falta más inspectores y más especialización, eso corresponde a las administraciones públicas”, concluyen.